La Fiscalía se opone a los recursos de defensa y acusación del parricida de Charches
El TSJA confirmará o modificará ahora la condena a diez años de cárcel impuesta por la Audiencia de Granada a la parricida
efe
Miércoles, 19 de noviembre 2014, 15:18
La Fiscalía se ha opuesto a los recursos presentados ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por la acusación particular y la defensa ... de la mujer condenada por la Audiencia de Granada a diez años de cárcel por matar a su marido en Charches (Granada).
El alto tribunal ha celebrado la sesión para analizar los recursos presentados por las dos partes a la sentencia de la Audiencia de Granada que condenó a María Dolores R.L. a diez años de cárcel por acabar con la vida de su marido de dos disparos.
La sentencia consideró probado que la condenada cometió un delito de asesinato con el agravante de parentesco y la atenuante de confesión y redujo el tiempo de la pena al contemplar la eximente incompleta por alteración mental.
Los hechos tuvieron lugar en mayo del año pasado cuando la condenada disparó en dos ocasiones con una escopeta a su marido en la vivienda familiar de Charches (Granada), tras lo que escondió el cuerpo y limpió los restos para incorporarse al dispositivo de búsqueda creado tras la desaparición de la víctima.
El abogado de la acusación particular que representa a la madre del fallecido, Pablo Luna, ha denunciado como cuestión previa la redacción de la sentencia porque a su juicio no respeta los hechos que el jurado popular consideró probados y ha subrayado que se han "reconstruido" los hechos.
También ha recurrido la atenuante de confesión aplicada en la condena al considerar que "no fue determinante" para la investigación del caso, después de que en el juicio se explicara que tras el asesinato, la condenada trasladó y tapó el cuerpo, limpió la vivienda y pintó el dormitorio en el que sucedieron los hechos.
También se ha opuesto a la eximente incompleta aplicada a María Dolores, el único punto al que se ha adherido la Fiscalía, al defender que la condenada era consciente de la gravedad de los hechos y descartar que sufriera una enfermedad mental.
La defensa de la condenada que ejerce Jesús Huertas ha expuesto que la imputada actuó con sus facultades mentales afectadas de forma "muy importante".
Ha defendido que los hechos representan un delito de homicidio y no de asesinato, al incidir en que la alteración de la condenada descartaría la alevosía, y ha considerado que la sentencia se ha redactado con "falta de motivación" en la individualización de la pena, punto en el que ha coincidido con la acusación particular.
Ha rechazado el recurso de la acusación particular para ampliar la responsabilidad civil de la condenada y se ha opuesto a la petición de prohibirle residir en Charches durante diez años.
Durante el juicio con jurado popular que se celebró en mayo, la Fiscalía rebajó su petición inicial de pena de 18 a 15 años de cárcel.
El TSJA confirmará o modificará ahora la condena a diez años de cárcel impuesta por la Audiencia de Granada a la parricida.
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