Un juez se queja a la fiscalía por el rápido tercer grado dado a un traficante condenado hasta 2024
El magistrado Manuel Piñar cree que si estos delincuentes no cumplen su castigo en prisión se puede estar lanzando un mensaje de impunidad a «las mafias que giran en torno a la droga»
Uno de los jueces de lo Penal de Granada que más mano dura tienen con los traficantes de droga es el magistrado Manuel Piñar, titular ... del número 1. No le tiembla el pulso a la hora de imponer los castigos que establece la ley contra quienes trafican con sustancias estupefacientes para obtener pingües beneficios. Uno de sus muchos condenados por delito contra la salud pública fue J. G. O. L., a quien condenó a prisión el 23 de octubre de 2019. El tipo entró en el centro penitenciario el 2 de noviembre del año pasado, ya que Piñar no accedió a suspenderle la pena porque era superior a dos años. Aunque el juez pensaba que este reo cumpliría de forma efectiva la mayor parte del castigo y estaría encerrado hasta finales de 2024, ya está saliendo a la calle porque se le ha otorgado el tercer grado. Y al tener constancia de ello, el magistrado se ha quejado.
Lo ha hecho mediante un escrito dirigido a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a la cual preocupa, y mucho, el fenómeno criminal del narcotráfico y la proliferación de cultivos de marihuana en nuestra tierra. De hecho, tal es la incidencia de las plantaciones en la provincia, que Granada cuenta desde finales del año pasado con un fiscal antidroga.
En el documento que ha dirigido al ministerio fiscal, fechado el 22 de abril y consultado por IDEAL, el juez parte de este caso concreto para alertar del mensaje de impunidad que se puede estar mandando a quienes trafican con cannabis, al tiempo que no oculta su desacuerdo con que se haya concedido el tercer grado a un condenado que solo ha estado entre rejas unos meses.
En este punto, explica que cuando ingresó en la cárcel en otoño pasado, a J. G. O L. «se le practica liquidación de condena y se fija como fecha de finalización de la pena el 21 de octubre de 2024». Sin embargo, como confirmaron fuentes del centro penitenciario, ya no está en Albolote, sino que «sigue cumpliendo condena» en el Centro de Inserción Social (CIS) gracias a que ha obtenido ese tercer grado. Según esas mismas fuentes, esa clasificación se la ha otorgado «la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias», que está en Madrid, a propuesta de los expertos que integran la Junta de Tratamiento. En concreto, a este reo se le ha colocado un dispositivo telemático (una pulsera) mediante el que se controla que duerma en su casa en un intervalo horario determinado.
Sobre este extremo, la colocación de estos dispositivos, las fuentes del centro penitenciario explicaron a IDEAL que, debido a las circunstancias actuales de pandemia, «la mayoría de los internos del CIS que disfrutan del tercer grado (que es un régimen abierto o de semilibertad) cuentan con control telemático».
Embargo
«A raíz de decretarse el embargo de un inmueble por impago de la multa, se acordó dirigir oficio al Centro Penitenciario de Albolote el 18 de marzo de 2021, a fin de requerirle para la entrega de los títulos de propiedad de la misma, comunicando el Centro que el referido había obtenido el tercer grado penitenciario y se hallaba en su domicilio», recoge el magistrado en su escrito.
En opinión del juez Piñar, esa decisión, «al no entrar dentro de las atribuciones de la Administración Penitenciaria para conceder el tercer grado penitenciario, ya que no se ha cumplido la cuarta parte de la condena, supone de facto una suspensión de la pena, concedida al margen de la legalidad».
Es por ello por lo que ha puesto en conocimiento de la fiscalía lo ocurrido con este reo, pues entiende que «no se está haciendo tratamiento penitenciario alguno ni se está trabajando para reinsertar al penado». Es más, opina que «se está alentando la impunidad y vaciando de contenido la función preventiva especial y general de la pena».
Industria nacional
El juez Piñar considera que el negocio de la marihuana «va camino de convertirse en la primera industria nacional», y advierte del «grave quebranto social» que deriva de una actividad clandestina como son las plantaciones, que suelen instalarse en viviendas, en muchas ocasiones, «en presencia de menores, con cortes de suministro eléctrico, incendios que afectan a la seguridad de los vecinos y toda una cadena de desajustes de la convivencia, que encuentran aliento en una política penitenciaria que suprime todos los mecanismos disuasorios».
El juez concluye su escrito con una crítica clara contra la adopción de esos beneficios para con los traficantes de 'maría' y censura que la Administración penitenciaria «se está convirtiendo en la verdadera controladora de la duración de las penas, sin control ni conocimiento de los juzgados sentenciadores ni de Vigilancia Penitenciaria, con clara invasión de la función constitucional de ejecutar los juzgado que viene atribuida al Poder Judicial.
Otras fuentes judiciales consultadas por IDEAL dejaron claro que dar el tercer grado inicial a un reo es una decisión que solo puede tomar la Administración Penitenciaria y que se le notifica tanto al recluso como a la fiscalía. Esa clasificación puede ser recurrida por el fiscal y, en este caso que ha motivado la queja del juez Piñar, no consta que el ministerio público haya recurrido ni tampoco el interno. Las mismas fuentes dejaron claro que un tercer grado «no es un perdón, ni un indulto ni una suspensión de la pena, y que tanto este reo como todos los que disfrutan de ese régimen siguen cumpliendo su castigo, aunque no lo hagan en el penal.
Si la fiscalía hubiera recurrido el asunto habría aterrizado en el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, que no ha intervenido en nada en este asunto, de acuerdo con esas últimas fuentes. Aunque en el escrito del juez figura que la condena impuesta a J. O. G. L. fue exactamente de tres años y un mes de prisión, fuentes del penal afirmaron que era de cuatro años.
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