El nuevo registro de alquiler vacacional protegerá nuestro turismo
Juan Guillermo González-Meneses García-Valdecasas
Decano de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de Andalucía Oriental
Martes, 15 de julio 2025, 23:45
El mes de julio marca el inicio del ansiado periodo vacacional para buena parte del país. Como cada verano, las costas andaluzas se convierten en ... destino de millones de personas que escapan de la rutina para refugiarse en nuestras majestuosas playas. El momento más esperado del año para algunos, sin embargo, termina convirtiéndose en una pesadilla, como consecuencia de un fenómeno que no ha parado de crecer en el último lustro: los fraudes y estafas en las viviendas de alquiler vacacional.
Precisamente para poner freno a este tipo de situaciones surge el Registro Único de Arrendamientos, una norma aprobada en el Real Decreto 1312/2024, que tiene su origen en un reglamento europeo y que entró en pleno funcionamiento en España este pasado 1 de julio. A partir de ese momento, todas las viviendas de uso turístico y alquiler de corta duración que se anuncien por Internet deben estar registradas y contar con un código —llamado «número de registro único de alquiler (NRUA)»— que facilite su identificación y seguimiento, para así garantizar la transparencia de su actividad.
A través de este número, los usuarios interesados en alquilar un apartamento próximo a la playa, por ejemplo, podrán tener plenas garantías de que la información sobre el inmueble resulta fiable. Sabrán que sus verdaderas características de espacio se ajustan a lo expuesto, que cuenta con licencia para uso turístico o incluso su ubicación exacta, detalle que en no pocas ocasiones resulta confuso en los anuncios.
De esta manera, se introduce una regulación cuyo objetivo es convertir en más seguro y fiable un mercado que hasta el momento carecía de herramientas de control. Quizá por ello, los engaños en el alquiler vacacional se han multiplicado con base a patrones similares: anuncios falsos en conocidas plataformas online, propietarios inexistentes que exigían pagos anticipados o viviendas descritas de manera poco veraz. Estafas, a fin de cuentas, que causaban graves perjuicios económicos a las víctimas y contribuían a la desconfianza en torno a un sector clave para el desarrollo de nuestra economía.
La exigencia que la nueva norma plantea a los propietarios de las viviendas de uso turístico tampoco resulta excesivamente rigurosa. Basta con que cumplan con los permisos legales pertinentes para la explotación comercial de sus inmuebles y acudan al Registro de la Propiedad para solicitar la concesión del NRUA. En un plazo razonable de tiempo, y por un coste que ronda los 27 euros, obtendrán el número de identificación que les permitirá operar con libertad en Booking, Airbnb o Expedia, entre otras.
Las plataformas, por su parte, tienen también un grado de responsabilidad importante en lo que respecta al cumplimiento de la norma, dado que no podrán aceptar en sus portales anuncios de pisos, apartamentos o villas que no reflejen de forma visible y clara el NRUA. En caso de no supervisar adecuadamente este detalle, se expondrían a sanciones de consideración.
Ante la activación operativa del Registro Único de Arrendamientos —que entró en vigor a comienzos de este año pero ha estado en fase de adecuación hasta este mes— más de 200.000 establecimientos de alquiler vacacional se han registrado ya en nuestro país obteniendo su NRUA. Se prevé que en estas próximas semanas, a tenor de la actividad que experimentan los registros, la cifra siga aumentando de forma considerable.
En todo caso, conviene resaltar el valor de un nuevo sistema que no sólo beneficiará a los usuarios de las plataformas online, también dotará de una interesante protección a los propietarios y definirá un marco de mayor seguridad jurídica para todos los actores implicados. En virtud de esto, resultará más factible también evitar la evasión fiscal, avanzando hacia un modelo turístico más limpio, seguro e igualitario en nuestra tierra.
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