Granada puede impugnar ante el Supremo o recurrir al Consejo de Ministros
Un experto en Derecho Administrativo explica los pasos necesarios para llevar a los tribunales la adjudicación de la AESiA a la ciudad gallega
andrea G. Parra
Granada
Sábado, 10 de diciembre 2022, 00:29
La palabra impugnar ha estado muy presente desde que el lunes se conociera que Granada no había sido elegida para albergar la sede de la ... agencia española de supervisión de la inteligencia artificial (AESIA). La posibilidad de dar este paso ha estado en boca de políticos y gestores que han estado implicados en esta candidatura que la capital granadina ha perdido y ha ganado La Coruña. No se ha dicho ni escrito aún todo. Empezando por que no se conoce la puntuación ni el acta de la comisión.
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Encima de la mesa hay más incógnitas. ¿Quién podría dar el paso de impugnación de la decisión del Gobierno de que la agencia de inteligencia artificial no venga a Granada? ¿Dónde se debe presentar? ¿Qué plazos hay? El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Granada Miguel Ángel Recuerda arroja algo de luz desde el punto de vista jurídico.
El profesor Recuerda comienza explicando que la determinación de la sede física de la futura agencia española de supervisión de inteligencia artificial se ha realizado por el Consejo de Ministros a través de un procedimiento administrativo «novedoso» que se aprobó en marzo de 2022. Por tanto, esta es la primera experiencia que tenemos en la aplicación de dicho procedimiento y «no hay jurisprudencia al respecto».
Así las cosas, puntualiza que como punto de partida hay que subrayar que el Gobierno aprobó ese procedimiento para que la elección de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público estatal se hiciera de forma racional, a través de un procedimiento objetivo y competitivo, sobre la base de unos criterios previamente establecidos. «Por tanto, la decisión del Consejo de Ministros sobre la sede de la AESIA debe ajustarse a esas reglas, que limitan considerablemente la discrecionalidad, pues de lo contrario, dicha decisión sería inválida y debería ser anulada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo si fuera recurrida», alerta.
El acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de diciembre de 2022 por el que se determina la sede física de la futura AESIA puede ser recurrido, según este profesor de Derecho Administrativo de la UGR, ante el propio Consejo de Ministros en el plazo de un mes desde su publicación en el BOE, o en el plazo de dos meses mediante recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo. Por lo tanto Granada tiene dos vías de mostrar su no acuerdo con la resolución del lunes, día cinco, que ha llevado la agencia de inteligencia artificial de Coruña.
El recurso podría interponerlo el Ayuntamiento de Granada, que es quien ha presentado la candidatura, aunque en este caso, «la legitimación sería muy amplia y también podrían interponerlo las personas físicas o jurídicas que se vean perjudicadas en sus derechos o intereses legítimos por la decisión del Consejo de Ministros. Se trata de una decisión que afecta a todos». La legitimación es muy amplia y deberá decidir el Tribunal Supremo.
Suspensión del acuerdo
Este especialista en Derecho Administrativo despeja algunas cuestiones relacionadas con el quién, como se ha indicado. En lo que respecta a los tiempos no hay precedentes. «En lo relativo a los plazos de resolución de los recursos no es posible hacer una previsión, pues depende de diversos factores que desconocemos», comenta. Y, argumenta: «No obstante, al interponer el recurso cabe solicitar la suspensión del acuerdo hasta la resolución del mismo. El recurso de reposición probablemente no prosperará, pues no es habitual que el Gobierno revise sus propias decisiones, aunque debería hacerlo si detectara su irregularidad invalidante. En cuanto al recurso contencioso-administrativo, no se puede estimar su prosperabilidad sin acceder previamente al expediente administrativo, que no conocemos».
Ante este panorama, el catedrático defiende que «lo recomendable para los intereses de la ciudad de Granada y de sus habitantes es interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. No todas las decisiones del Gobierno son respetuosas con el Derecho y los tribunales están para revisarlas. Eso es lo propio de un Estado de Derecho».
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