El delito de ir a 207 km/h por una carretera de Motril con límite de cien
La Audiencia ha ratificado una condena que priva al acusado del derecho a conducir vehículos durante dos años y le impone una pena de multa
El conductor fue cazado por un radar móvil de la Guardia Civil de Tráfico de Granada cuando circulaba a una velocidad delictiva. El acusado iba ... al volante de un porsche que 'volaba' a 207 kilómetros por hora por la GR-14, una carretera de Motril en la que la velocidad está limitada a 100 km/h. Es decir, que, según el aparato medidor del instituto armado, había cometido un exceso de 107 km/h. Y ahí ya entra el Código Penal. Quien transite por una calzada interurbana sobrepasando en 80 km/h el tope permitido (60 km/h, en el caso de las urbanas) es un delincuente. Así lo dictaminó en este caso el juzgado de lo Penal 2 de Motril, que fue el que celebró la vista oral del juicio.
El procesado fue declarado culpable de atentar contra la seguridad vial y fue condenado «a la pena de diez meses de multa con una cuota diaria quince euros, quedando sujeto, caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas»; con el castigo añadido de «dos años de privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores», decía el fallo.
Recurso
Disconforme con esa decisión, el inculpado presentó un recurso de la Audiencia de Granada que no ha prosperado.
En este sentido, el acusado alegó que no existía información de que la velocidad estuviera restringida a 100 km/h en la carretera en la que fue detectado infringiendo la ley a base de pisar el acelerador. Los magistrados del tribunal provincial que han revisado el asunto han rechazado los argumentos defensivos del encartado. «Considera que no hay pruebas de que el tramo de vía por el que circulaba tuviese una limitación de velocidad a 100 km/h y no a los 120 km/h que, con carácter general, rige para ese tipo de vías. Ese tipo de vías al que el apelante se refiere son las autovías. Sin embargo él circulaba por una vía rápida», precisa la sentencia, al tiempo que recuerda que fue lo que manifestaron los agentes de la Guardia Civil que comparecieron como testigos.
A renglón seguido, la resolución recalca que en la calzada había una señal que prohibía circular a más de 100 km/h.
El encausado todavía puede presentar una nueva apelación para reivindicar su inocencia.
En 2023
El incidente ocurrió a la una del mediodía del 13 de octubre de 2023 en el término municipal de Motril. El acusado (...) circulaba con el turismo marca Porsche (...) por la carretera GR-14, cuando a la altura del punto kilométrico 001.1, fue detectada su velocidad de circulación a 207 km/h por medio de un equipo radar móvil instalado en vehículo oficial de la Guardia Civil que se encontraba efectuando control en la zona. Existiendo limitación de velocidad en dicho tramo de vía de 100 km/h», resume la sentencia del tribunal provincial los hechos que la justicia ha considerado probados. En consecuencia, confirma en todos sus extremos el fallo que había dictado previamente un juzgado de lo Penal de la ciudad costera..
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión