Condenan a una fotógrafa por entregar a unos novios de Granada pocas imágenes de su boda y tarde
La demandada, que les dio únicamente 15 instantáneas, admitió una «incidencia técnica»; deberá pagar a la pareja 3.500 euros
Los novios que pasan por el altar, después de su gran día, esperan otro con ilusión: cuando les entregan el material fotográfico y los vídeos ... de la ceremonia. Lo visualizan solos o en familia mientras derraman alguna que otra lágrima motivada por los recuerdos. En el caso de una pareja de Granada que contrajo matrimonio en julio de 2022, no fue posible. Recibieron únicamente 15 imágenes y, además, fuera del plazo establecido, motivo por el cual demandaron a la fotógrafa. Ahora, ha sido condenada por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Granada a pagar 3.500 euros a los afectados.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el contrato establecía un «número indeterminado» de fotografías en la casa de los novios, en la iglesia y en la celebración. Con un precio de 15 euros por cada una, ellos mismos las elegirían y las recibirían dentro de los 60 días naturales desde la fecha de la boda. Abonaron 500 euros como parte del precio total y, en efecto, aquel día la fotógrafa tomó «infinidad de instantáneas».
A los 60 días, plazo máximo establecido, los novios -que han estado defendidos por los abogados Melchor Lanzas y Rafael Revelles- no las habían recibido. Pasaron más de tres meses y les llegaron «únicamente 15 fotografías». Tras reunirse ambas partes, la demandada reconoció que se había producido «un problema técnico» -un fallo en la tarjeta de memoria- y que solo disponía de 197 fotografías. Según señala la sentencia, ella misma aseguró que en un evento de este tipo se toman cerca de 2.000 instantáneas de las que se suelen preseleccionar unas 400, a fin de que los interesados elijan las que más les satisfacen.
Por su parte, la fotógrafa «declinó la responsabilidad», afirmando que cumplió el contrato, ya que «existía» material fotográfico de la celebración y en el contrato «no se prevé el número de fotografías ni la obligación de realizarlas en un lugar concreto». Reconoció, no obstante, la existencia de un retraso en la entrega debido a una «incidencia técnica».
El juez entiende que la ausencia de este material supone «una frustración personal» provocada «por la imposibilidad de poder exhibir y disfrutar de recuerdos fotográficos de ese día»
El juez entiende que con las instantáneas que realizó «sin duda dejó de cumplir el compromiso adquirido», cuando además «no constaban, como se pactó, imágenes de la casa de los respectivos contrayentes». Además, pone el foco en la «importancia de la constatación fotográfica y videográfica de momentos fundamentales en la vida de las personas», como es el caso de un matrimonio. La ausencia de este material supone «una frustración personal» provocada «por la imposibilidad de poder exhibir y disfrutar de recuerdos fotográficos de ese día, no solo por los propios novios contratantes, sino también por familiares y allegados».
Por tanto, el juez condena a la demandada a abonar a la pareja un total de 3.500 euros, 3.000 en concepto de indemnización y otros 500 por ser la misma cantidad que percibió de los novios como parte del precio. También se le imponen las costas procesales a la parte demandada. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada.
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