Condenan a un aparejador por daño moral a unos clientes al incumplir un encargo profesional
La Audiencia de Granada fija en 9.000 euros la indemnización a los perjudicados, dueños de unas viviendas que pretendían regularizar
Un aparejador colegiado de Granada ha sido condenado a indemnizar por daño moral con un total de 9.000 euros a los propietarios de unas ... fincas de la carretera de La Zubia que le hicieron un encargo profesional para regularizar sus viviendas que no cumplió. En total, la justicia ha estimado que debe pagar 1.500 euros a cada uno de los afectados por la situación «de zozobra y ansiedad» que ha generado en ellos su incumplimiento.
En este asunto, un juzgado de lo civil de Granada ya había dispuesto que el profesional tenía que devolver a esos vecinos un total de 28.686 euros (el dinero que le habían pagado por sus servicios), pero había desestimado que los afectados tuvieran que ser resarcidos por el perjuicio moral que alegaban.
Ante ello, los afectados recurrieron aquel primer fallo ante la Audiencia de Granada, cuya Sección Tercera les ha dado ahora la razón y ha reformado el pronunciamiento judicial anterior para incluir la referida indemnización. También recurrió el condenado, pero el tribunal ha ratificado que actuó con «falta de diligencia».
Las viviendas en cuestión están ubicadas desde hace 30 años en suelo no urbanizable de especial protección –les afecta el Plan Especial de la Vega–, en un cortijo situado por la carretera de La Zubia.
Como se ha indicado, los más de 28.000 euros que este aparejador colegiado habrá de reintegrar a esos clientes se corresponden con los honorarios pactados en el marco de aquel encargo profesional, que no llegó a buen término por «incumplimiento grave y negligente» del técnico.
Contrato
Fue el Juzgado de Primera Instancia número 17 de Granada el órgano civil que el año pasado dicto la primera sentencia, que había estimado solo parcialmente la demanda de los afectados. Estos, aparte de la indemnización, reclamaban la resolución del contrato firmado con el profesional, algo que sí se les había concedido.
Según la justicia, los vecinos, que han estado representados en el litigio por el abogado Miguel Ángel Muñoz Hernández, cumplieron con sus obligaciones, puesto que pagaron al demandado sus honorarios para que les solicitara licencia urbanística y entregaron la documentación que este les pidió.
Sin embargo, el aparejador no cumplió con el encargo, «tal y como se observa en todos y cada uno de los expedientes promovidos por los actores y tramitados por el demandado, como representante suyo, ante el Excmo. Ayuntamiento de Granada, siendo la totalidad de los expedientes administrativos archivados por caducidad por causa imputable al demandado», concluía el primer fallo.
Pero es que el profesional tampoco llegó a informar a sus clientes del desenlace que habían tenido los expedientes. Y esa «ocultación» de que habían sido archivados derivó en «la firmeza del decreto que declaraba la caducidad del expediente administrativo». Ello impidió a los dueños de las viviendas recurrir ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La Audiencia ve la indemnización que ahora fija para cada uno de los seis vecinos (de 1.500 euros) «prudente y ajustada».
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