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Viviendas en alquiler en la provincia de Granada. RAMÓN L. PÉREZ
Los ayuntamientos podrán incrementar el IBI un 50% a los dueños de 81.339 viviendas vacías

Los ayuntamientos podrán incrementar el IBI un 50% a los dueños de 81.339 viviendas vacías

IU solicitará en la capital que este aumento, que supondría más de cuatro millones, se incluya ya «dentro de las ordenanzas fiscales para 2019»

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Jueves, 20 de diciembre 2018, 00:40

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Los ayuntamientos de la provincia de Granada podrán incrementar el recibo del Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI) a aquellos propietarios que tengan una vivienda vacía. El real decreto-ley presentado el pasado viernes en el Consejo de Ministros por el Gobierno de Pedro Sánchez y publicado el pasado martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) esconde una modificación de la ley de Haciendas Locales que permite a los ayuntamientos «exigir un recargo de hasta el 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto» a aquellos inmuebles de uso residencial «que se encuentren desocupados con carácter permanente». En la provincia, según el último censo de viviendas del año 2011, son 81.339 residencias vacías las afectadas por esta modificación, que afecta a más inmuebles, ya que este censo excluye a los municipios de menos de dos mil habitantes.

El texto que permite el cobro de este impuesto añade además que dentro de este límite máximo con el que los ayuntamientos podrán recargar el impuesto a las viviendas vacías «los ayuntamientos podrán determinar mediante ordenanza fiscal un único recargo o varios en función de la duración del período de desocupación del inmueble».

¿Llega tarde para 2019?

A pesar del importante impacto de esta reforma para los municipios, el cambio normativo llegará tarde para muchos ayuntamientos que tienen aprobado con carácter definitivo sus ordenanzas fiscales para 2019, ya que no podrán incluir este incremento para viviendas vacías hasta 2020. Sí lo podrán hacer aquellos ayuntamientos que todavía tengan abierto el periodo de alegaciones a la aprobación inicial de las ordenanzas fiscales, que tienen que estar listas antes de 31 de diciembre.

En el caso particular del Ayuntamiento de Granada, el grupo municipal de IU solicitará antes del pleno ordinario de este mes, que se celebra mañana, que se incluya este incremento dentro de las «ordenanzas fiscales para 2019». De ser aprobada por la corporación de la Plaza del Carmen, la medida afectaría, según el INE, a 27.024 viviendas vacías que había en 2011 en la capital. Si se llevara a cabo la medida, y siempre asumiendo que los propietarios pagaran el recargo del recibo, se podrían lograr más de cuatro millones de euros. Serían tres cuartas partes de lo que el Ayuntamiento de Granada espera recaudar este año con la subida del recibo del IBI, a través de la actualización de los valores catastrales y de la eliminación de la bonificación por la domiciliación bancaria del recibo.

  • 27.024 En la capital hay miles de viviendas vacías que podrían sufrir este recargo.

  • 95% Las viviendas destinadas al alquiler social se podrán beneficiar de un descuento en el recibo del IBI.

  • 2019 Los municipios que hayan aprobado sus ordenanzas fiscales no podrán adoptar esta medida para 2019.

Este pellizco que podría obtener el Ayuntamiento de Granada sería mayor en términos porcentuales en otros municipios de la provincia que cuentan con un porcentaje de viviendas vacías mayor. Es el caso de Cijuela, Láchar, Alhendín, Vélez de Benaudalla, Ugíjar, Atarfe, Cogollos de la Vega, Padul, Güéjar Sierra, Puebla de Don Fadrique, Zafarraya o Las Gabias, en donde una de cada cuatro viviendas están vacías.

En su modificación de la ley de Haciendas Locales, el Gobierno solicita a los ayuntamientos que tengan clara la consideración de inmueble desocupado con carácter permanente. Para ello tendrán que tener presente «la normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal». En todo caso, «la declaración municipal como inmueble desocupado con carácter permanente exigirá la previa audiencia del sujeto pasivo y la acreditación por el Ayuntamiento de los indicios de desocupación, a regular en dicha ordenanza, dentro de los cuales podrán figurar los relativos a los datos del padrón municipal, así como los consumos de servicios de suministro». Los técnicos de cada ayuntamiento, por tanto, tendrán que revisar vivienda a vivienda para catalogarla como vacía antes de que se produzca el cobro del recargo del 50% en el recibo del IBI.

Otro de los aspectos que cambia el gobierno a nivel local está relacionado con las viviendas que se destinen a un alquiler social. «Los ayuntamientos, mediante ordenanza fiscal, podrán establecer una bonificación de hasta el 95 por ciento en la cuota íntegra del impuesto (del IBI) para los bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica», añade el Gobierno. Esta medida tendrá que ser incluida en las ordenanzas fiscales de cada municipio -si los ayuntamientos lo estiman oportuno- de la misma forma que el recargo del 50% del recibo, incluyendo la bonificación dentro las ordenanzas fiscales. En cualquier caso, la aplicación de ambas medidas quedará a criterio de los gobiernos municipales.

Los motivos

El Gobierno justifica estas dos acciones dentro de la relación del Estado con las administraciones locales para reforzar sus competencias en materia de vivienda. Con ambas propuestas y otras medidas se pretende «mejorar el marco normativo para aumentar la oferta de vivienda en alquiler, equilibrando la posición jurídica del propietario y el inquilino en la relación arrendaticia, estableciendo los necesarios estímulos económicos y fiscales, y teniendo la meta de garantizar el ejercicio del derecho constitucional a la vivienda». El Gobierno considera así que penalizando la posesión de una vivienda vacía y beneficiando los alquileres sociales se logrará que parte del parque inmobiliario al que no se le está dando uso empiece a estar disponible a un precio asequible.

Añade el Gobierno en su justificación de motivos que existe una «insuficiente oferta de vivienda en alquiler en nuestro país, debido a una serie de trabas prácticas que entorpecen la reacción desde la oferta a las señales de precios, impidiendo que el mercado funcione adecuadamente. En el ámbito específico del alquiler social o asequible, el número de viviendas continúa siendo insuficiente, debido en parte al escaso uso de los mecanismos público-privados, que permiten el máximo impacto sobre el mercado de alquiler dentro de las restricciones presupuestarias existentes».

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