La Audiencia de Granada ratifica una condena por la venta frustrada de una tableta por Facebook
El denunciado cometió un delito leve de estafa porque recibió una transferencia de 40 euros y nunca envió el aparato a su compradora
Este caso es un buen ejemplo de que un incumplimiento en una simple compra por internet puede llegar hasta la Audiencia Provincial de Granada y ... culminar en una condena. Así lo ha comprobado un granadino que puso en venta una tableta que nunca llegó a enviar a su compradora, pese a que esta le realizó una transferencia bancaria de la mitad de su valor. Ocurrió el 9 de mayo de 2020 y aquella transacción frustrada, realizada a través de la red social Facebook, le ha costado al vendedor una multa de 180 euros que habrá de pagar al Estado.
El asunto ha llegado hasta el tribunal provincial por un recurso que interpuso el denunciado contra el castigo penal que el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada le impuso como autor de un delito leve de estafa. El promotor de la venta de la tableta pedía que su condena fuese revocada, pero su solicitud no ha prosperado.
IDEAL ha consultado la sentencia dictada por la Audiencia granadina, que en septiembre ratificó que el denunciado era merecedor de reproche penal pese a que este trató de exculparse sin éxito derivando hacia su padre la responsabilidad en aquella venta frustada. Para ello aportó por lo visto una transcripción de unos mensajes de WhatsApp de una conversación que había tenido con su progenitor sobre el particular.
«Excusas»
El precio que el condenado había puesto al aparato electrónico era de 80 euros y la compradora le llegó a ingresar la mitad. Los siguiente fue recibir «excusas» por parte del vendedor, que esgrimió «un ingreso hospitalario como causa impeditiva de la consumación del contrato telemático», e incluso «ofreció una devolución de lo recibido, la mitad del precio, a la compradora».
Para los magistrados de la Sección Segunda, la alegación realizada por el denunciado año y medio después de serlo por lo ocurrido «resulta poco creíble, entre otras razones porque inicialmente reconoció los hechos a los agentes de la Policía Nacional con los que contactó».
En cambio, como prosiguen los magistrados, «la credibilidad de la denunciante sobre su intento de comprar una tableta por el importe de ochenta euros, el contacto realizado, el ingreso del anticipo pedido por el vendedor -cuarenta euros-, la cuenta bancaria y su titularidad, resultan irrefutables, con base a la documentación aportada en el atestado policial». El fallo es firme.
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