La Audiencia ordena investigar a Juana Rivas por sustracción de menores
El tribunal considera que la madre de Maracena «provocó» la puesta en marcha de la medida cautelar en España para frenar el regreso de su hijo con su padre
A menos de 24 horas de que esté prevista la entrega del hijo menor, de 11 años, de Juana Rivas a su padre, Francesco Arcuri, ... los abogados de la madre de Maracena emplean todos sus recursos para impedirlo, mientras los tribunales, entre ellos el Constitucional, tumban todas las intentonas. En este contexto, un auto de la Audiencia Provincial de Granada emitido este jueves ha ordenado investigar a la mujer por sustracción de menores. El tribunal granadino ha estimado parcialmente una denuncia presentada por el padre y expone que, tras las pruebas documentales remitidas por los tribunales italianos, apunta que Juana Rivas habría provocado la puesta en marcha de una medida cautelar en España para frenar el regreso de su hijo menor a Carloforte tras pasar las vacaciones navideñas.
Cabe recordar que Juana Rivas se benefició en noviembre de 2021 de un indulto parcial del Gobierno tras ser condenada por sustracción de menores. La medida de gracia estaba sujeta a que no cometiera ese delito en un plazo que termina a finales de este 2025, por lo que Rivas podría verse de nuevo en serios problemas. En el auto, en poder de este medio, el tribunal considera que es «posible inferir» que Juana Rivas, que había promovido ante la Corte de Apelación de Cagliari la modificación del régimen de custodia de su hijo menor, aprovechó la autorización del desplazamiento del niño a España para que pasara las navidades con su hermano y «retuvo al menor consigo en territorio español, incumpliendo la decisión de devolución del mismo adoptada» por los tribunales italianos, que en enero le insistieron en que el chico debía volver el 8 ese mes.
Para conseguir que el menor se quedara en Granada, la audiencia apunta que «provocó el dictado de una resolución judicial cautelar del órgano jurisdiccional, el Instrucción 4, cuando éste se encontraba en funciones de guardia» para suspender la entrega acordada por el tribunal italiano. «Una situación ilícita que la denunciada incluso mantuvo con posterioridad al dictado de la resolución definitiva sobre la custodia del menor por el citado órgano jurisdiccional sardo», remacha el tribunal. Los tribunales italianos ratificaron el 18 de febrero que la custodia recaía en exclusiva a Arcuri y exigieron el regreso del menor al país, un regreso que no se produjo.
De hecho, la Audiencia Provincial de Granada recuerda en su resolución que esta situación obligó al padre como progenitor custodio a instar ante el juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada un procedimiento de ejecución de la orden italiana para lograr el reingreso del menor, una orden que se trata actualmente de cumplir por parte de las autoridades.
Este auto de la Audiencia responde a un recurso del abogado de Arcuri, dado que el Juzgado de Instrucción 4, el órgano que puso en marcha la medida cautelar solicitada por Juana Rivas, había sobreseído la denuncia. A este recurso de Arcuri se adherió el Ministerio Fiscal, al considerar que la medida cautelar decayó en el mismo momento en el que se ratificó en Italia que la custodia era exclusivamente del padre. En cambio, la Audiencia desestima la petición del padre de investigar a la madre por maltrato habitual y lesiones psicológicas en el ámbito familiar. Entiende la sala que los hechos no revisten «en ningún caso los caracteres de delito».
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