Un arañazo a un menor con un boli durante una clase en Granada acaba en el juzgado
El padre del niño lesionado, que resultó herido en un párpado, pedía al progenitor del otro 1.000 euros, pero la jueza recuerda que del pupilo es responsable el centro mientras esté en el aula
Un arañazo. Dos menores implicados con edades por debajo de los 14 años. Un aula de un centro educativo de un pueblo de Granada como ... escenario. Un boli como 'arma'. Una herida superficial en el párpado de un centímetro como resultado. Un padre, el del alumno lesionado, enojado por lo ocurrido. Y otro padre, el del alumno que esgrimió el bolígrafo, al final demandado.
El primero reclamaba al segundo 1.000 euros para reparar el daño que su vástago había causado al suyo. Pero el litigio, iniciado en diciembre de 2019, ha acabado en absolución. El motivo: al haber ocurrido la agresión en las instalaciones escolares, el deber de vigilancia era de los profesores del centro y en todo caso se habría producido una «omisión» de ese deber. En definitiva, cree la magistrada que no se puede exigir responsabilidad al padre del niño de lo que este hizo estando bajo la vigilancia de los docentes, por lo que finalmente nadie habrá de indemnizar a nadie.
Tras aquel episodio, que se produjo el 3 de octubre anterior a la interposición de la demanda, el escolar lesionado fue asistido en un centro hospitalario de una «herida incisa superficial de un centímetro en párpado superior izquierdo». El otro chico, el que blandía el boli, presenta por lo visto además una discapacidad, una circunstancia que la jueza refiere al analizar los pormenores de lo sucedido. IDEAL ha tenido acceso a la sentencia de este caso, dictada por un juzgado mixto de la provincia el 5 de mayo y que ya es firme.
Aquella leve lesión acabó judicializada en la vía civil porque, según las fuentes judiciales consultadas por IDEAL, el padre del pupilo agredido, advertido de tal posibilidad por la Fiscalía de Menores tras ser archivada su denuncia en la vía penal debido a la edad del menor agresor (los menores de 14 años son inimputables), decidió reclamar.
El hombre presentó una demanda que fue registrada el 20 de diciembre de 2019 y, aparte de exigir la suma antes indicada, reclamaba los intereses que pudieran corresponderle. La acompañó de un parte de lesiones, en el que los médicos que examinaron al crío especificaron que presentaba «una erosión en el párpado superior izquierdo que acaba en herida incisa superficial de un centímetro». Para que la herida sanara, los facultativos le mandaron frío local, cura con Betadine y antiinflamatorios.
Las fuentes consultadas indicaron que antes del incidente del boli, el docente que les estaba dando clase, les había regañado y separado. El golpe con el boli ocurrió mientras el docente estaba explicando la tarea a un grupo de espaldas. El chico que hirió al otro acabó siendo expulsado del centro, si bien antes de esa medida disciplinaria, aquella misma mañana se acercó a su compañero y le pidió perdón.
Traspaso
En ella, la jueza que lleva las riendas del órgano judicial donde aterrizó el asunto recuerda que cuando los alumnos menores se encuentren en el centro escolar en horas lectivas (ya sean escolares o extraescolares o complementarias) no serán los padres los que responderán por los daños que pudieran causar. La razón es que esas funciones de vigilancia y cuidado inherentes a los progenitores se traspasan a los docentes. «De modo que, en principio, no se puede exigir a los padres por los daños que sus hijos ocasionen durante estos períodos de tiempo en los que no pueden hacer efectivas sus obligaciones de guarda».
Puede suceder, como recuerda la jueza, que se pueda exigir también responsabilidad a los padres, «si se aprecia que pudieron contribuir, negligentemente en alguna medida, a la producción del daño». Eso podría apreciarse si permiten, por ejemplo, que lleven objetos peligrosos al centro o demuestren «una inadecuada educación imputable a los padres».
La jueza, a la hora de desestimar la demanda del padre del menor agredido, pone de relieve la «escasa gravedad de la lesión» que sufrió este, así como que desconoce hasta qué punto la discapacidad del niño agresor influyó en que su acción fuera «irreflexiva» para él. El padre demandado ha estado defendido por el letrado Javier López y García de la Serrana, director de HispaColex.
El padre demandado sostiene que aquel arañazo no fue una agresión sino que su hijo lo causó al ir a apartar la regla con la que el otro le había dado antes.
El padre demandado sostiene que su hijo alcanzó sin intención al otro tras ser atacado con «una regla»
El padre absuelto de tener que indemnizar con 1.000 euros al progenitor del niño al que el suyo causó una herida en el párpado con un bolígrafo en clase, en 2019, no está satisfecho con el desenlace «entre comillas», puesto que no está de acuerdo con que fuera una agresión. Se trató, asegura, de un simple «arañazo» y además, según él, no intencionado.
«Estamos contentos de haber demostrado que la verdad funciona y que solo hay un camino para la verdad, pero ahora mi hijo cada vez que tiene que salir tiene miedo a que alguien le diga algo por aquello», explica, para matizar algunos detalles del incidente ocurrido aquel día en clase, como que su hijo había sido antes alcanzado por el otro «con una regla de aluminio que tenía el maestro en la clase».
«Fue a pegarle con la regla en la cabeza, de hecho le pegó en la cabeza, pero mi hijo le apartó la regla con tan mala suerte que tenía el bolígrafo en la mano y le dio en la cara. Y eso lo ratifica el niño que está sentado con él en la misma mesa», asevera.
En este punto, aclara que «fueron expulsados los dos» niños implicados en el desencuentro y no solo su hijo.
Aparte, se queja de haber tener que pagar él las costas del abogado que tuvo que buscar y contratar para defenderse de la demanda, gracias al que no ha tenido que hacer frente al pago de lo reclamado.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión