Acepta 21 meses de cárcel un policía local de Albolote por poner multas falsas a su expareja
El agente, que ha asumido ante el tribunal ser autor de un delito de falsedad, también será inhabilitado
El agente de la Policía Local de Albolote encausado por poner multas falsas de tráfico contra su expareja asumió este jueves su culpa. El funcionario ... policial, que se sentó en el banquillo de los acusados, aceptó la pena de un año y nueve meses de prisión, así como dos años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
El juicio, en el que no fue necesario practicar la prueba dada la conformidad mostrada por el agente, tuvo lugar en la sala de vistas de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada, donde se dictó sentencia 'in voce (a viva voz) y se declaró a su vez firme tras comunicar las partes al tribunal que no pensaban recurrir y que no se opondrían a una eventual suspensión de la ejecución de la pena. Junto a la pena de prisión y de inhabilitación, el policía aceptó pagar una multa de 900 euros (seis meses con una cuota diaria de cinco euros).
El agente se enfrentaba inicialmente a cinco años de prisión y otros tantos de inhabilitación especial para empleo o cargo público
El agente se enfrentaba inicialmente a cinco años de cárcel, cinco de inhabilitación y al pago de una multa de 5.100 euros. Y la «sustanciosa» rebaja en la pena –ese fue el calificativo empleado por la propia magistrada que presidía el tribunal– se produjo tras modificar la fiscalía sus conclusiones provisionales.
Exactamente, lo que hizo la representante del ministerio público fue eliminar el carácter «continuado» del delito de falsedad en documento público cometido por el policía, así como aplicar dos circunstancias atenuantes: la de afección psicológica y la de reparación del daño.
A la hora en la que estaba previsto el enjuiciamiento, en los pasillos del Palacio de la Real Chancillería de Plaza Nueva, donde se juzgan las causa penales del tribunal provincial, había un grupo de policías locales de Albolote uniformados. También estaba el policía judicial del puesto de la Guardia Civil de Maracena que instruyó el atestado y que, gracias a las acertadas gestiones que llevó a cabo, descubrió la falsedad de las multas impuestas por el procesado a su ex compañera sentimental. Y es que se pudo comprobar que la denunciada se hallaba en un gimnasio del Polígono Juncaril en la hora en que supuestamente había cometido las infracciones. Las grabaciones de las cámaras de videovigilancia fueron claves.
Fue la propia Policía Local de Albolote quien advirtió el hecho delictivo, tomó cartas en el asunto y se personó como acusación particular en la causa penal contra este agente. En el proceso ha sido parte el Ayuntamiento de Albolote, que ha estado representado por el abogado Ernesto Osuna. Ha sido de hecho la Policía Local de Albolote la que ha insistido más en que la condena conllevase la inhabilitación especial por el interés en mantener la profesionalidad del cuerpo.
Los hechos
Los hechos se remontan al 13 de marzo de 2021, cuando el acusado, «con evidente y palmario propósito de amedrentar y atemorizar a la que fue tiempo atrás su pareja sentimental», la denunció por infracciones viales que no había cometido.
De acuerdo con el relato de lo acontecido recogido en el escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, el funcionario policial lo hizo «prevaliéndose de su condición de agente de la autoridad» y extendió, «a sabiendas de su falsedad», exactamente tres multas de tráfico.
Situó las falsas infracciones en la confluencia de las calles Ángel Ganivet con Avenida Lucido, una zona donde se desarrollaba la actividad de 'mercadillo' en Albolote y donde la supuesta infractora no estaba con su coche a la hora de las multas.
Una de las mutas fue por «no haber, presuntamente, respetado la prioridad de paso de peatones con riesgo para estos» y conllevaba una sanción de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné.
La segunda fue por «no utilizar supuestamente la conductora el cinturón de seguridad o sistema de retención homologado correctamente abrochado». La cuantía de esta sanción era la misma, si bien perdía tres puntos del carné.
Idéntico castigo le supuso la tercera multa, que se extendió por «conducir manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción».
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