Absuelto un presunto atracador pese a reconocerlo la víctima durante el robo en Granada
Fue detenido y acusado de un robo violento a un salón de juegos donde hubo dos disparos, uno de ellos pasó a veinte centímetros del empleado
José R. Villalba
Granada
Lunes, 25 de julio 2022, 00:08
Un atracador ataviado con casco y tapando su cara con una braga irrumpió en un salón de juegos de la Chana el 28 de septiembre ... de 2018. Disparó dos veces y en una de ellas la bala pasó a menos de veinte centímetros del camarero. Se llevó el botín de 700 euros. Al poco tiempo hubo un individuo detenido por la Policía Nacional y que hace dos meses se sentó en el banquillo de los acusados. La víctima lo reconoció, por la forma de hablar, por los ojos, los labios y la forma de andar y por su robusta complexión. No era la primera que asaltaban el salón de juegos deElGalloRojo, y un susto de este calibre permite fijar en la retina de la memoria ciertos detalles que de otra forma suelen pasar desapercibidos.
Esa confirmación de la víctima sobre la autoría del atraco fue ratificada en sede judicial y así lo recoge la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Granada, pero pese a ello el acusado ha sido absuelto al entender el juez que los datos aportados por el empleado de este establecimiento sobre el acusado no son suficientes.
El trabajador, que declaró como víctima en estos hechos, reconoció al acusado en fotografías, primero; y después, en una rueda de reconocimiento en la que el acusado se sitúa tras una mampara de cristal en compañía de otras cinco personas más. Ahí también fue reconocido.
«En ningún momento, el testigo vio la cabeza y el rostro del acusado lo que convierte, al menos, en dificultosa la identificación, y más aún que se produzca la identificación sin atisbo de duda», dice la sentencia.
La voz, los ojos y otro atraco
El testigo, según recoge la sentencia, pudo verle los ojos, la boca, describió su estatura, corpulencia, la forma de andar y el acento de voz del atracador. «Cierto es que el acusado pudo ser el autor de los hechos, pero no se puede descartar que el testigo haya incurrido en error», admite la sentencia dictada el pasado 7 de junio. El juez considera que el dato de tener «los ojos achinados» se puede «dar en muchas personas», lo mismo que ocurre con los datos de la estatura y la boca. Sobre la identificación de la voz: « Dice el testigo que reconoció el acento, la voz, que tiene un tono muy rasgado, indicando que fue la misma persona que en noviembre de 2017 cometió otro robo en el mismo establecimiento». La sentencia dice, refiriéndose a esta prueba de la voz: «Este dato (la voz y acento del atracador) no hace fiable la identificación porque el acusado no era cliente del establecimiento y no consta que lo conociera». Más adelante, la sentencia mantiene que en la jurisprudencia hay una tendencia a considerar de «escasa fiabilidad» la identificación de acusados por «las pruebas de voz».
La sentencia considera que «no se aprecia en ninguno de los datos señalados por el testigo (características de los ojos, la boca, la voz, la estatura, la forma de andar y el acento del mismo que atracó este salón de juegos en 2017) algún elemento fuera de lo común o especialmente llamativo para identificar al acusado como el autor de los hechos», pese a que el testigo no tiene «dudas» sobre la identidad del acusado y se muestra «seguro».
El acusado estuvo en prisión preventiva por estos hechos entre el 10 y 19 de octubre de 2018, después de que los agentes del grupo de Atracos de Policía Nacional lo detuvieran en un hotel ubicado junto a la Estación de Autobuses con una maleta preparada para marcharse. Se trata de un individuo de 27 años arrestado en ocasiones anteriores por robos con violencia, un conocido tanto de Guardia Civil como de Policía Nacional.
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