10.000 euros de indemnización por un chiste malo
El Supremo condena a La Sexta y la productora de Buenafuente por atentar contra el honor de un ciclista modesto de Granada
Carlos Morán
Martes, 4 de noviembre 2014, 01:04
Las reacciones ante un chiste malo pueden ir desde una mueca de disgusto hasta una risa desganada, pasando por un ataque de vergüenza ajena. Lo ... que ya no es tan normal es que hacer un gracieta «más o menos grosera» le cueste el dinero a quien la perpetre.
Es lo que le ha ocurrido a la cadena de televisión La Sexta y la productora del popular presentador Andreu Buenafuente, que van a tener que abonar una indemnización de 10.000 euros a un ciclista modesto de Granada por utilizar su imagen, sin su permiso, claro está, para fabricar un sketch humorístico «sobre los tópicos» que suelen acompañar a la serpiente multicolor.
Lo ha dicho el Tribunal Supremo en una reciente sentencia, así que el caso está cerrado. A los de la tele no les queda otra que pagar por haber atentado contra el honor del esforzado deportista, que, sin comerlo ni beberlo, se convirtió en el protagonista de una ocurrencia de 29 segundos. A simple vista, no parece que en ese breve lapso temporal quepa algo que resulte ofensivo, pero...
'Rey del paquetón'
En este sentido, el relato de los hechos del Supremo es bastante esclarecedor. «(...) En uno de los sketch que integraban el monólogo del presentador y conductor del programa, y en alusión sarcástico-humorística a los tópicos del ciclismo profesional, así como a los símbolos, premios y lenguaje habitual de este deporte (...), fue recreando (...) distintas secuencias (...)» en las que aparecía el ciclista de Granada con la «zona genital» resaltada de «modo exagerado», «rey del paquetón», o «numerosas jeringas hipodérmicas», «rey del doping».
No hubo una actitud manifiesta de ofender por parte de los ahora condenados la sentencia ha cerrado un pleito civil, no penal, es decir, que no usaron la imagen del damnificado a caso hecho para fastidiarle, pero si hubo una mala práctica y el resultado final fue ese, o sea, que le molestaron.
De la lectura de la resolución judicial se deduce que los productores del programa que se titulaba Buenafuente... ha salido un momento usaron al azar una grabación de la vuelta ciclista a Soria de 2007 en la que aparecía el demandante, un «deportista no conocido a nivel nacional», para componer el chiste audiovisual.
Se conoce que el afectado vio la emisión o se lo contaron, que la resolución no lo aclara y presentó una demanda «por intromisión ilegítima en el derecho al honor» ante el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Granada en la que solicitaba una indemnización de 60.000 euros también que se emitiera una rectificación en las mismas condiciones que el programa cuestionado, que salió en antena la madrugada del 28 al 29 de julio de 2008.
En 2010, el juzgado granadino dictó una primera sentencia en la que fijaba que la cadena y la productora debían resarcir al ciclista con cuatro mil euros.
Descontento con el fallo también lo recurrió la otra parte, el perjudicado acudió a la Audiencia de Granada, que elevó la compensación hasta los 10.000 euros. Para el tribunal provincial, los demandados atentaron efectivamente contra el honor del deportista, «al mostrar» su imagen «con manipulaciones figurativas que digitalmente distorsionaron la originalmente tomada, mostrando una imagen deshonrosa del mismo».
No quedaron conformes ni la cadena televisiva ni la productora, que optaron por llevar el caso hasta el Tribunal Supremo. Entre otros argumentos, alegaron que debía prevalecer el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor. El Alto Tribunal, en una sentencia fechada a finales del pasado mes de septiembre, no ha compartido ese criterio. Según el ponente de la resolución, el magistrado Xavier OCallaghan, «no se trata de la prevalencia de la libertad de expresión o se habla de ponderación, a no ser que se planteen polémicas políticas o de especial interés general: aquí se trata de una broma, más o menos grosera, que incide en una persona ajena que no es partícipe del programa, a su costa y en su menosprecio».
Juicios de valor
El Supremo entienden que «los juicios de valor» referidos «a la persona que aparece en la pantalla, sin su conocimiento ni consentimiento, aprovechadas de la filmación de una carrera ciclista, no pueden considerarse inocuas (...), son acciones» que «menoscaban» la fama y el honor del ciclista. Moraleja: un chiste malo puede salir caro.
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