Elecciones 28M
¿Qué hacer si trabajas el día de las elecciones y te toca en una mesa electoral?No aparecer de manera injustificada puede traducirse en una pena de privación de la libertad de 14 a 30 días y una multa de dos a 10 meses
Ideal
Sábado, 27 de mayo 2023, 11:35
Entramos en la semana de las elecciones municipales, que se celebran este domingo 28 de mayo. Se trat de una fecha que no es ... laboral para la mayoría de ciudadanos pero que para unos pocos si forma parte de su calendario de trabajo. Esos ciudadanos podrán pedir permiso para ausentarse del trabajo e ir a votar. Pero, ¿qué sucede si tienes que trabajar y has sido elegido como vocal o presidente de una mesa electoral?
No acudir a la cita no es una opción, ya que trabajar no es una de las causas justificadas para ausentarse de una mesa electoral. Y, de hecho, no aparecer de manera injustificada puede traducirse en una pena de privación de la libertad de 14 a 30 días y una multa de dos a 10 meses. Es por ello que acudir a la mesa electoral es obligatorio, aunque las personas que tuvieran que trabajar ese día tienen ciertos derechos a cambio a modo de compensación.
Para empezar, se establece el pago de una dieta de 70 euros a a los presidentes y vocales de mesa que pasen el 28 de mayo ocupados con las tareas relativas a esos puestos. Y, en el caso de que dichas personas tuvieran que trabajar, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación. Siempre que, evidentemente, no se disfrute de un día de descanso en sus puestos de trabajo.
Existe también un condicionante para los trabajadores con turno de noche. En este caso, quienes hayan sido seleccionados como vocales o presidentes de mesa electoral y trabajen durante la noche anterior al día de la votación, el 27 de mayo, tendrá derecho a un cambio de turno para poder descansar esa noche y llegar en condiciones óptimas al día de las elecciones.
Cómo votar si trabajas el día de las elecciones
Como hemos explicado antes, si te toca trabajar el 28 de mayo y quieres ir a votar, también tienes derecho a hacerlo. En este caso, el Decreto 294/2018 establece que quienes no disfruten el día de las elecciones de descanso completo tendrán derecho a un permiso retribuido dentro de su jornada para poder ir a votar. Se establecen diferentes supuestos para estos casos:
• Permiso retribuido de 4 horas si la coincidencia del horario laboral y de la jornada electoral coincide más de 6 horas.
• Permiso de 3 horas si la coincidencia no excede las 6 horas.
• Dos horas de permiso retribuido si la coincidencia es de 2 a 4 horas.
• Si la coincidencia es menor a 2 horas no existirá derecho a ningún permiso.

El día de las elecciones
Horario
8
9
8:00 am
Los componentes de las mesas electorales deben presentarse a las 8:00 am en el colegio electoral
donde está la mesa asignada
La jornada electoral se prolongará desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la tarde
9:00 am
a
8:00 pm
Mesa electoral
La mesa electoral debe estar compuesta, necesariamente, por tres personas:
un presidente y dos vocales.
Cada uno de ellos tendrá designados
dos suplentes
Titulares
Suplentes
1er vocal
Presidente
2º vocal
Las personas que desempeñan estas funciones tienen:
Dieta de
70 €
Y una reducción de cinco horas de duración en su jornada de trabajo del día después
Las papeletas
Para cada ayuntamiento cada partido tiene sus propias papeletas, de color blanco
Requisitos para el voto
Con nacionalidad española y mayoría de edad
Ciudadanos de la Unión Europea
Los extranjeros residentes en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones
Para identificarse hay que llevar el carné de identidad (aunque esté caducado), carné de conducir o pasaporte
El colegio electoral
Cabina
Debe encontrarse en la misma habitación en la que se desarrolle la votación. Las papeletas se colocan en los casilleros del interior de la cabina y en mesas auxiliares que se situán cerca de ellas. El carácter secreto del voto obliga a que cada colegio disponga al menos de una cabina
Apoderados
Son representantes de los partidos políticos en todos los actos y operaciones que se desarrollan en la votación y el escrutinio. Pueden formular quejas y reclamaciones
Presidentes y vocales
Son designados por sorteo público, deben ser menores de 70 años (si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia) y saber leer y escribir (el presidente debe tener el título de Bachillerato , FP o Educación Primaria).
El presidente es la máxima autoridad dentro del local electoral
Interventores
Son representantes de los partidos políticos en la mesa electoral. Desempeñan su función sólo ante la mesa en la que están acreditados. Participan con voz pero sin voto y pueden formular reclamaciones
Fuente: Ministerio de Interior
C.J. VALDEMOROS

El día de las elecciones
Horario
8
9
8:00 am
Los componentes de las mesas electorales deben presentarse a las 8:00 am en el colegio electoral
donde está la mesa asignada
9:00 am
a
8:00 pm
La jornada electoral se prolongará desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la tarde
Mesa electoral
La mesa electoral debe estar compuesta, necesariamente, por tres personas:
un presidente y dos vocales.
Cada uno de ellos tendrá designados
dos suplentes
Titulares
Suplentes
1er vocal
Presidente
2º vocal
Las personas que desempeñan estas funciones tienen:
Dieta de
70 €
Y una reducción de cinco horas de duración en su jornada de trabajo del día después
Las papeletas
Para cada ayuntamiento cada partido tiene sus propias papeletas, de color blanco
Requisitos para el voto
Con nacionalidad española y mayoría de edad
Ciudadanos de la Unión Europea
Los extranjeros residentes en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones
Para identificarse hay que llevar el carné de identidad (aunque esté caducado), carné de conducir o pasaporte
El colegio electoral
Cabina
Debe encontrarse en la misma habitación en la que se desarrolle la votación. Las papeletas se colocan en los casilleros del interior de la cabina y en mesas auxiliares que se situán cerca de ellas. El carácter secreto del voto obliga a que cada colegio disponga al menos de una cabina
Apoderados
Son representantes de los partidos políticos en todos los actos y operaciones que se desarrollan en la votación y el escrutinio. Pueden formular quejas y reclamaciones
Presidentes y vocales
Son designados por sorteo público, deben ser menores de 70 años (si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia) y saber leer y escribir (el presidente debe tener el título de Bachillerato , FP o Educación Primaria).
El presidente es la máxima autoridad dentro del local electoral
Interventores
Son representantes de los partidos políticos en la mesa electoral. Desempeñan su función sólo ante la mesa en la que están acreditados. Participan con voz pero sin voto y pueden formular reclamaciones
Fuente: Ministerio de Interior
CARLOS J. VALDEMOROS

El día de las elecciones
Horario
8:00 am
Los componentes de las mesas electorales deben presentarse a las 8:00 am en el colegio electoral
donde está la mesa asignada
8
9:00 am
a
8:00 pm
La jornada electoral se prolongará desde las 9 de la mañana hasta las 8 de la tarde
9
Mesa electoral
La mesa electoral debe estar compuesta, necesariamente, por tres personas:
un presidente y dos vocales.
Cada uno de ellos tendrá designados dos suplentes
Las personas que desempeñan estas funciones tienen:
Titulares
Dieta de
70 €
Suplentes
Y una reducción de cinco horas de duración en su jornada de trabajo del día después
1er vocal
Presidente
2º vocal
Las papeletas
Requisitos para el voto
Para cada ayuntamiento cada partido tiene sus propias papeletas, de color blanco
Con nacionalidad española y mayoría de edad
Ciudadanos de la Unión Europea
Los extranjeros residentes en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones
Para identificarse hay que llevar el carné de identidad (aunque esté caducado), carné de conducir o pasaporte
El colegio electoral
Cabina
Debe encontrarse en la misma habitación en la que se desarrolle la votación. Las papeletas se colocan en los casilleros del interior de la cabina y en mesas auxiliares que se situán cerca de ellas. El carácter secreto del voto obliga a que cada colegio disponga al menos de una cabina
Apoderados
Son representantes de los partidos políticos en todos los actos y operaciones que se desarrollan en la votación y el escrutinio. Pueden formular quejas y reclamaciones
Presidentes y vocales
Son designados por sorteo público, deben ser menores de 70 años (si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia) y saber leer y escribir (el presidente debe tener el título de Bachillerato , FP o Educación Primaria).
El presidente es la máxima autoridad dentro del local electoral
Interventores
Son representantes de los partidos políticos en la mesa electoral. Desempeñan su función sólo ante la mesa en la que están acreditados. Participan con voz pero sin voto y pueden formular reclamaciones
CARLOS J. VALDEMOROS
Fuente: Ministerio de Interior
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