Los trabajadores que se podrán jubilar con 52 años y la pensión completa desde febrero
Afectará a los casos en los que el empleo está considerado de naturalidad penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad y mortalidad
C. L.
Sábado, 1 de febrero 2025, 09:42
El sistema de pensiones sigue evolucionando y este 2025 ha sufrido cambios que se van a ir viendo reflejados en los próximos meses. Otras ... cuestiones se mantienen desde hace tiempo. Para conseguir una pensión de jubilación hay que cumplir una serie de requisitos, pero, a la norma general se suman salvedades.
Hay profesiones que son duras, exigentes y que repercuten en la salud del trabajador. Es por ello que están consideradas de condición penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad y mortalidad. El listado está determinado desde hace año, pero se ampliará en febrero de 2025. Así lo anunció la ministra de la Seguridad Socia.
Por ahora se sabe el plazo y que afectará a más profesiones de las que hasta la fecha permitían jubilarse sin penalización a los 55 años. En menos de un mes debería entrar en vigor un cambio que permita a más trabajadores acogerse a la jubilación anticipada a los 52 años y cobrando la pensión completa.
Saiz señaló que en febrero de 2025 entrará en vigor un nuevo «sistema de coeficientes para la jubilación anticipada» para los casos en los que el empleo está considerado de naturalidad penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad y mortalidad. Esto irá unido a la incidencia, persistencia y duración de las bajas médicas que aporten los trabajadores. Es decir, que ya no será únicamente necesario cotizar dentro del régimen asociado a una de estas profesiones 'peligrosas', sino que cada empleado deberá demostrar el impacto real de su puesto de trabajo en su salud.
Los requisitos están aún por determinar, pero sí se sabe que será la Dirección General de la Ordenación de la Seguridad Social la que establezca en cada caso si un trabajador puede acogerse a la jubilación anticipada sin penalización a partir de los 52 años. El empleado deberá demostrar al menos 15 años de cotización en la misma actividad considerada 'peligrosa', así como que la imposibilidad de recolocación dentro de la misma empresa en otro puesto menos lesivo para la salud del empleado.
Esto quiere decir que la jubilación anticipada sin penalización, cobrando toda la pensión, irá caso por caso, por lo que no estará permitido el retiro de forma generalizada a los empleados de un determinado sector. Hasta la fecha se permitía el retiro con 55 años a todos los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, trabajadores ferroviarios, artistas, bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos, miembros del Cuerpo de la Ertzaintza, policías locales, miembros del Cuerpo de Mossos d'Escuadra, policía foral de Navarra y profesionales taurinos, así como a matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores, toreros cómicos, mozos de estoques y de rejones y sus ayudantes y puntilleros en función del número de festejos en los que hayan estado.
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