Estos son los requisitos del SEPE para trabajar y seguir cobrando el paro
Es posible compatibilizar el trabajo con el cobro de una prestación contributiva por desempleo, aunque solo en algunos casos concretos
Alberto Flores
Granada
Miércoles, 6 de diciembre 2023, 11:45
Aunque la mayoría de ciudadanos lo desconocen, trabajar y cobrar el paro a la vez en España es posible. Así lo confirma el Servicio Público ... de Empleo Estatal (SEPE), que detalla desde su página web que existe la posibilidad de cobrar una prestación por desempleo y trabajar sin tener que renunciar a ella. Sin embargo, esto es algo que únicamente es posible en función del tipo de contrato del que se trate.
El principal requisito para quienes cobran una prestación contributiva por desempleo, la ayuda conocida comúnmente como paro, tiene que ver con que el trabajo no sea a tiempo completo. Es decir, si una persona que cobra el paro encuentra un contrato a media jornada u otra modalidad inferior, podrán seguir cobrando el paro mientras trabaja.
Es decir, mientras el trabajo no sea a jornada completa será posible compatibilizarlo con el paro. Y también existe la posibilidad de, en caso de que así se desee, suspender el cobro de la prestación para reanudarlo una vez finalice el periodo de trabajo. «Sí que se puede compatibilizar el trabajo con el paro, aunque hay que diferenciar entre prestación contributiva y no contributiva», explica a IDEAL Cristina López Durán, socia fundadora de Abogados Durán.
«Sí que se puede compatibilizar el trabajo con el paro, aunque hay que diferenciar entre prestación contributiva y no contributiva»
Cristina López Durán
Socia fundadora de Abogados Durán
Según señala la experta, en el caso de una prestación de modalidad contributiva si se decide compaginar trabajo y paro no se cobrará la totalidad de la paga por desempleo. «Si se cobran 1.000 euros de paro y se decide compatibilizar con una media jornada la paga pasará a ser de 500 euros», detalla.
Y en lo relativo a las pagas por desempleo no contributivas advierte de que estas cuentan con un umbral que hace que sean menos compatibles con el trabajo: «Con estas pagas no se pueden recibir ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional». Es decir, no se pueden percibir más de 810 euros mensuales, por lo que si se compatibiliza el trabajo y la prestación pero se percibe más dinero que esa cantidad «no hay derecho a subsidio».
Otro aspecto a tener en cuenta tiene que ver con la duración de la prestación, ya que esta descenderá de la misma manera tanto si se cobra en solitario como si se decide compaginar con el trabajo. «Si te quedan dos años de paro y decides compatibilizarlos con trabajo durante un año habrás consumido un año de la prestación». Sin embargo, la cantidad de dinero recibida del SEPE habrá sido inferior que si no se hubiera trabajado durante ese periodo.
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