Pensiones y ayudas
Esta es la razón por la que puedes perder el descuento en medicamentos si eres pensionistaDe acuerdo con la normativa vigente, todos aquellos pensionistas con ingresos inferiores a 5.635 euros están exentos del pago de medicamentos
Daniela Londoño
Domingo, 18 de febrero 2024, 10:54
Las pensiones contributivas garantizan a aquellos que han logrado su jubilación, un ingreso mensual que se corresponde con su base de cotización y años abonados ... a la Seguridad Social. Dicha pensión, además de favorecer el sustento económico de todos aquellos trabajadores que han superado los 65 años, también permite otros beneficios. Uno de ellos tiene que ver con los descuentos a los medicamentos necesarios para mantener su estado de salud. Dicho descuento varía de porcentaje, y en algunos casos, dependiendo de las condiciones de la persona pensionista, puede alcanzar hasta el 100%.
Considerando que la mayoría de personas mayores deben hacer uso de algún medicamento para mantener una salud óptima. El copago farmacéutico resulta una medida muy importante para quienes su pensión de jubilación es menor. Pero, ¿cuáles son los porcentajes y los criterios para acceder al descuento en medicamentos si eres pensionista? El descuento en medicamentos es una medida que aplica de forma progresiva a los pensionistas según su nivel de ingresos. La idea con este sistema es garantizar el acceso, en muchos casos gratuitos, de medicamentos para quienes reciben menos ingresos.
De acuerdo con el Ministerio de Sanidad, «los niveles de aportación para el pago de medicamentos, se establecen en función de tres criterios: renta, edad y grado de enfermedad». En términos de la renta, existen a su vez tres tramos de aportación que van de 0% a 60%. Igualmente, para los pensionados se establecen tres límites máximos de aportación mensual en términos de los ingresos, así:
· Para quienes perciben rentas inferiores a los 5.635 euros, la aportación será del 0%.
· Para pensionistas con rentas inferiores a los 18.000 €, la aportación será del 10% del valor de los medicamentos y un límite máximo de 8,23 euros al mes.
· Para pensionistas cuyas rentas sean iguales o superiores a los 18.000 €, pero inferiores a los 100.000 € la aportación también será del 10% y un límite máximo de 18,25 euros al mes.
· Para rentas iguales o superiores a los 100.000 €, la aportación será del 60%, y un límite máximo de 61,65 euros al mes.
Además de los casos mencionados, otros grupos sociales que se encuentran exentos del pago de medicamentos son:
· Personas menores de edad con una capacidad reconocida igual o superior al 33%.
· Beneficiarios de la prestación por hijos menores a cargo en régimen de acogimiento familiar.
Por último, y tal como lo acabamos de hablar, los beneficios enunciados se perderán una vez se superen los topes de ingresos definidos por la Seguridad Social. Situación que podrá confirmarse mediante las declaraciones de renta (para quienes aplique).
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