Así puedes frenar una inspección de Hacienda si eres autónomo
Los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar periodos de cortesía para parar las inspecciones hasta un máximo de dos meses
Alberto Flores
Granada
Domingo, 10 de diciembre 2023, 10:54
Ser objeto de una inspección de Hacienda es algo que pone nervioso prácticamente a cualquier ciudadano, pero más si cabe en el caso de los ... empresarios y autónomos. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que es posible solicitar la suspensión de la inspección por un plazo de hasta 60 días, un periodo de cortesía durante el cual Hacienda no podrá realizar actuaciones.
Este periodo de cortesía funciona de manera parecida a la suspensión de los trámites de requerimientos a través de notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria, que permite que sus avisos sean evitados durante los periodos de vacaciones si así lo desea el trabajador autónomo. En el caso de las inspecciones, los plazos máximos a los que puede acogerse el interesado, tal y como detalla la Ley General Tributaria 28/2003 de 17 de diciembre, son de 60 días.
El mínimo, por otra parte, es de siete días para estos casos. Sin embargo, los expertos aconsejan tratar el tema directamente con el inspector de Hacienda antes de presentar la petición de ese periodo de cortesía. Ese periodo se trata de una posibilidad para desplazar los requerimientos tributarios para que no coincidan con ciertas fechas, algo a lo que los autónomos y empresarios pueden acogerse.
Según señala la ley, estos ciudadanos pueden pedir «uno o varios periodos en los que la inspección no podrá efectuar actuaciones con el tributario, quedando suspendido el plazo para atender los requerimientos efectuados al mismo». Eso sí, esos periodos no podrán exceder en su conjunto de 60 días naturales para el procedimiento en cuestión.
Estos días son de libre disposición, de modo que no tienen por qué ser consecutivos. Aunque para solicitarlos hay que tener en cuenta un aspecto importante: deben pedirse con una antelación de mínimo siete días naturales al inicio del periodo al que se refiere la solicitud.
Motivos por los que pueden denegar la solicitud
Aunque los autónomos y empresarios tengan derecho a ese periodo de cortesía de hasta 60 días, eso no implica que su solicitud siempre sea aprobada. De hecho, si el inspector de Hacienda considera que la solicitud no está suficientemente justificada o que podría resultar perjudicial para la inspección, ese periodo solicitado puede ser denegado. En ese caso, además, la denegación por parte de la Agencia Tributaria no puede ser reclamada u objeto de recurso.
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