Estos son los jubilados con derecho a una devolución de más de 2.000 euros en IRPF
Según una de las últimas sentencias del Supremo, las personas retiradas de este sector tendrían el derecho de solicitar una devolución de este impuesto
Daniela Londoño
Domingo, 18 de febrero 2024, 10:53
El IRPF, también conocido como impuesto a la renta de personas físicas, es un tributo que deben pagar al estado los ciudadanos residentes en España. ... Dicho impuesto contempla las rentas o rendimientos de trabajo, así como los rendimientos del capital derivados de otras actividades. Por lo general, cada año, a través del trámite de declaración de renta, la mayoría de ciudadanos deben pagar un porcentaje de acuerdo a sus ingresos durante el año fiscal anterior. No obstante, en algunos casos el Gobierno contempla algunas excepciones y deducciones.
Esto es justamente lo que ha ocurrido con los jubilados de la banca, quienes ahora podrán solicitar la devolución de este impuesto por cobros indebidos. La medida se desprende de lo avalado por una sentencia del supremo en la que se notifica la posibilidad de solicitar una devolución de parte de su pensión a Hacienda. El motivo es que este sector tributó al 100% del IRPF cuando en realidad aplicaban deducciones. Hablamos en concreto de los jubilados de este sector que iniciaron su vida laboral antes del año 1979.
De acuerdo con sindicatos como el de la USO, las personas que realizaron aportes a la mutualidad laboral antes de 1966 tendrán derecho a solicitar la devolución de su dinero. Es decir, dichos jubilados podrán disfrutar de una reducción fiscal del 100% por lo cotizado hasta esa fecha. Por su parte, quienes figuran con cotizaciones entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 podrán solicitar el 25% de lo abonado por concepto de IRPF. La solicitud de esta devolución se aplicará para los ejercicios tributarios que aún no han vencido, es decir, de 2019 en adelante. ¿Por qué no aplican los años anteriores?
De acuerdo con la Agencia Tributaria, el plazo de reclamaciones de las declaraciones de renta termina cuatro años después del ejercicio presentado. Por lo tanto, los jubilados mutualistas que este año quieran presentar dicha solicitud deberán hacerlo antes del 30 de junio para que aplique a los cuatro años anteriores. En cuanto al monto que se espera Hacienda deba reembolsar, expertos juristas en la materia afirman que puede oscilar entre los 2.400 y los 3.000 euros.
No obstante, puede haber casos donde la cifra sea más o menos, todo depende de los casos personales y de la vida laboral de cada pensionista. Por último, y pese a que la sentencia se ha emitido gracias al caso de un jubilado del sector bancario. Lo cierto es que, tal como lo afirman expertos, otros jubilados del sector público y otros ramos también podrían iniciar reclamaciones. Eso sí, deberán cumplir el requisito de cotizaciones anteriores a la fecha antes mencionada.
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