El incentivo que lanza la Seguridad Social para madres con hijos menores de 5 años
Reconoce hasta 1.825 días, cinco años completos, de cotización adicional a las mujeres que dieron a luz o adoptaron y, además, dejaron de trabajar para cuidar a sus hijos
C. L.
Domingo, 13 de julio 2025, 11:04
La Seguridad Social cuneta con una ayuda para madres de menores de 5 años. Va enfocada a sumar días 'ficticios' por parto o cuidado de ... hijos. Está ideada, sobre todo, para quienes interrumpieron su carrera laboral y quieren aumentar la cuantía de su jubilación.
La última reforma de la Seguridad Social reconoce hasta 1.825 días, cinco años completos, de cotización adicional a las mujeres que dieron a luz o adoptaron y, además, dejaron de trabajar para cuidar a sus hijos. Una manera de compensar los vacíos de cotización y garantizar una pensión de jubilación más alta.
Primero se suman 112 días por cada parto en el que no se cotizó durante las 16 semanas posteriores. Cuando el alumbramiento es múltiple, se añaden 14 días extra por cada bebé a partir del segundo. Segundo, se pueden obtener 270 días por hijo si hubo una interrupción laboral entre los 9 meses y los 6 años siguientes al nacimiento o adopción. Ambos conceptos son compatibles, pero nunca podrán superar los cinco años en total.
Requisitos
Hay que tener en cuenta que solo uno de los progenitores puede pedir la medida y, salvo renuncia expresa, la prioridad es de la madre. Además, los hijos deben constar en el Registro Civil y no puede haberse cotizado durante el periodo que se desea reconocer.
Los trámites se pueden completar de dos maneras: mediante Sede Electrónica, para lo que es necesario DNIe, certificado digital o Cl@ve permanente; o la vía presencial, para la que es necesario solicitar cita previa en la Tesorería General, presentar el impreso oficial y las pruebas correspondientes.
La lista de requisitos:
-Inscripción del hijo o hija en el Registro Civil.
-Ausencia de cotización durante las 16 semanas tras el parto o durante el periodo de cuidado.
-Interrupción laboral producida entre los 9 meses anteriores y los 6 años posteriores al nacimiento o adopción.
-Solicitud presentada por un solo progenitor (prioridad materna salvo renuncia).
-Aportar la documentación acreditativa en formato digital o en papel, según el canal elegido.
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