Hacienda explica la importancia del certificado de estar al corriente de pagos
Acreditar que no se tienen deudas con la Agencia Tributaria es una condición clave para los trabajadores autónomos.
Daniela Londoño
Domingo, 3 de diciembre 2023, 09:30
Aunque estar al día en términos fiscales y no tener ninguna clase de deudas con el organismo encargado, es decir, Hacienda es fundamental para muchos ... autónomos. Es verdad que legalmente, todos los ciudadanos tenemos el deber de cumplir con nuestras obligaciones tributarias sin importar la actividad económica que desempeñemos. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, certificar que no se tienen deudas con el fisco es imprescindible. No sólo para evitar embargos en los ingresos derivados de su negocio o empresa. Sino también a la hora de solicitar ayudas estatales o calificar para contratos públicos.
¿Pero cómo puedes certificar esta condición? Para ello el organismo tributario ha definido un documento específico. El certificado de estar al corriente con Hacienda demuestra que la persona natural o autónoma ha declarado y pagado conforme a la ley y plazos, sus obligaciones tributarias. Es decir, que ha cumplido con sus declaraciones trimestrales como lo son las autoliquidaciones de IVA e IRPF, en el caso de autónomos. O bien, que ha hecho correctamente su declaración anual, abonando los importes correspondientes. Hacienda también emite otro tipo de certificados más específicos. Sobre todo, aquellos orientados a trabajadores independientes que requieren certificar puntualmente ciertas obligaciones.
Estos certificados son, el certificado sobre Impuesto de Actividades Económicas, certificado de situación censal, certificado de residencia fiscal. Y el ya mencionado certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias. Este último suele ser el más común, y el más solicitado con motivo de ayudas o contratos públicos. ¿Cómo gestionarlos y cuánto tarda su emisión? La tramitación de este tipo de certificados es bastante sencillo y ágil. Basta con hacer un trámite a través de la sede electrónica de la entidad, ingresando los datos personales del solicitante o empresa. Así como seleccionando el tipo de certificado que se requiere.
Para ello se deberán tener claros datos como razón social de la empresa solicitante, identificación y domicilio fiscal. Su solicitud puede realizarse a través del apartado de Certificados Tributarios de Hacienda. Una vez allí, se deberá hacer clic en «solicitud» y seguidamente rellanar la petición con los datos del titular o persona interesada. Antes de validar la solicitud se debe seleccionar el tipo de certificado y finalmente enviar la petición. Finalmente, de forma instantánea se generará un resguardo con los datos e identificación de la solicitud. Los cuáles serán útiles para consultar el estado de avance de la misma si fuese necesario. Por lo general este es un trámite que puede tardar entre 1 y 5 días, y en casos excepcionales no podrá superar los 20 días hábiles tal como indica el resguardo.
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