Hacienda devolverá 4.000 euros a estos pensionistas: cómo solicitarlos
Ciertos jubilados podrán recuperar parte de las cotizaciones aportadas en las mutualidades laborales, antes de la creación del sistema actual de Seguridad Social
Alberto
Martes, 9 de abril 2024, 10:37
Hace unos días daba comienzo la campaña de la declaración de la Renta sobre el ejercicio económico correspondiente a 2023. Una cita con la que ... los ciudadanos tendrá que rendir cuentas con la Agencia Tributaria en base a los ingresos obtenidos durante el año pasado. En la declaración existe la posibilidad de desgravar por multitud de conceptos diferentes: desde por la compra de equipos informáticos, hasta por mejora de eficiencia energética de la vivienda, entre muchas otras más.
Y a todas esas deducciones fiscales hay una que atañe directamente a ciertos jubilados. Y es que, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo, se ha extendido a los jubilados de otros sectores las deducciones fiscales en el IRPF a las que ya tienen derecho los profesionales del sector bancario por las cotizaciones que aportaron a las mutualidades laborales. Algo que hicieron antes de la creación del sistema actual de la Seguridad Social en el año 1978.
Así lo reconoce la Dirección General de Tributos a una consulta realizada por Comisiones Obreras. De este modo, se trata de una medida que podría beneficiar a miles de pensionistas en toda España. Hasta el año 1967 los trabajadores en España garantizaban su pensión aportando cuotas económicas a las mutualidades laborales.
Estas cuotas tributaban en el Impuesto de la Renta al 100%, pero entre 1967 y 1978 las aportaciones son consideradas como gastos deducibles. Así, una sentencia del Tribunal Supremo aclara que los jubilados de la banca que hicieron las aportaciones a mutualidades en esos años no tendrían que haber tributado por el 100% en el IRPF, sino por el 75%. De este modo, quienes se vean afectados tiene derecho a que en los últimos cuatro ejercicios fiscales la Agencia Tributaria les devuelva ese 25% por el que no debieron tributar.
Cuantía de la devolución y cómo solicitarla
La cantidad a devolver depende de cada caso y de los años en los que el trabajador se haya visto afectado por esta situación. Aunque como cifra orientativa las devoluciones en la mayoría de casos oscilan entre los 3.000 y los 4.000 euros por reclamante.
Para solicitar la devolución es necesario acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria identificándose a través del sistema Clave Pin, con certificado digital, DNI electrónico o el número que figura en la casilla 505 de la declaración de la Renta del año anterior.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión