Consulta si puedes deducirte el gimnasio en la Renta según tu Comunidad
Se incluyen otras actividades como el fisioterapeuta, el nutricionista o el entrenador personal
C. Á.
Jueves, 4 de abril 2024, 10:36
Hay ciertos aspectos fiscales que llaman poderosamente la atención y en este sentido hay que estar muy pendientes de la campaña de la Declaración de ... la Renta 2023 está en marcha desde este 3 de abril. Para sacar el mayor partido a la declaración, los contribuyentes deben tener en cuenta a la hora de solicitar borrador que existen varias deducciones, algunas de carácter general y otras que dependen de la comunidad autóma en la que residan.
Por ejemplo, es posible deducirse los gastos derivados del gimnasio y otras actividades como el fisioterapeuta, el nutricionista o el entrenador personal. Son dos las comunidades que inlucyen estos gastos como deducibles: Comunidad Valenciana y La Rioja. Las ayudas pueden llegar a alcanzar los 300 euros dependiendo de una serie de requisitos que deben cumplir los solicitantes.
En La Rioja, el contribuyente podrá deducirse el 30% de los gastos derivados de los gimnasios e instalaciones deportivas, de las entidades inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja, de las clases para la práctica del deporte o la educación física y también de las licencias federativas emitidas por una federación riojana.
En el caso de las personas mayores de 65 años y de las personas con discapacidad igual o mayor al 33%, podrán deducirse el 100% de los gastos de los servicios en este tipo de actividades. No obstante, el límite máximo de deducción aplicable será de 300 euros anuales.
El 30%
En la Comunidad Valenciana también es posible deducirse los gastos asociados a la práctica deportiva. Los contribuyentes podrán deducirse el 30% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo 2023. Si el declarante es mayor de 65 años o tiene una discapacidad igual o superior al 33%, el porcentaje de deducción asciende al 50%, mientras que si tiene más de 75 años o una discapacidad igual o superior al 65% la deducción será del 100%. En el caso de esta comunidad, el límite máximo de la deducción será de 150 euros.
Se podrán deducir las cuotas de los gimnasios, clubes deportivos, federaciones deportivas, grupos de recreación deportiva, secciones deportivas o de recreación deportiva de otras entidades no deportivas, agrupaciones de recreación deportiva, asociaciones de federaciones y sociedades anónimas deportivas.
Además, en Valencia también se podrán incluir los gastos por adquisición del equipamiento obligatorio para la práctica del deporte federado, los servicios de entrenamiento personal, así como los servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas-nutricionistas, fisioterapeutas, podólogos o técnicos superiores en Dietética.
Estas deducciones serán aplicables a los contribuyentes cuya suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 29.000 euros, en tributación individual, o a 45.000 euros, en tributación conjunta.
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