Así cambiará el subsidio por desempleo de 480 euros en 2024
De acuerdo con lo informado por los servicios estatales, el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE, dejará de gestionar esta ayuda
Daniela Londoño
Domingo, 7 de enero 2024, 10:24
Hace un par de semanas el Gobierno ha anunciado que algunas prestaciones como las de desempleo sufrirán algunos cambios. En concreto, la medida busca reorganizar ... el sistema de gestión de estas ayudas, concentrando en otras instituciones como el Instituto Nacional de Seguridad Social la entrega de subsidios (INSS). No olvidemos que hasta el momento ha sido el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) quien se encargaba de todo lo relacionado con auxilios al desempleo. Sin embargo, una vez entre en vigor la mencionada reforma, es decir, a mediados de año. Ayudas como las dirigidas a desempleados de larga duración o cotización insuficiente, pasarán a ser administradas por la Seguridad Social.
Por ejemplo, subvenciones como la Renta Activa de Inserción (RAI). Su fin es cubrir las necesidades económicas de las personas sin empleo y que ya han agotado el paro. Esta es una de las que cambiará de organismo gestor. La RAI es una ayuda que asciende a los 480 euros mensuales y tiene una duración máxima de 11 meses. Por lo general, pueden acceder a ella todas las personas que hayan cobrado el paro en algún momento de su vida laboral. ¿Qué cambia entonces con la nueva reforma?
De acuerdo a lo establecido por el nuevo gobierno, la Renta Activa de Inserción, no sólo quedará en manos de la Seguridad Social a partir del 1 de junio de 2024, sino que también dejará de ser como tal una ayuda al desempleo, y pasará a cubrirse a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV). No obstante, podrán seguir solicitándola aquellas personas que hayan agotado cualquier otra prestación o subsidio al desempleo. Otros de los requisitos que deben cumplir las personas interesadas en cobrar este subsidio son:
-Certificar una condición de desempleo de larga duración
-Ser persona mayor de 45 años, emigrante retornado, víctima de violencia de género y/o persona con un grado de discapacidad superior al 33%
-No poseer o recibir rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Es decir, no superar los 910 euros mensuales
-La unidad familiar a la que haga parte la persona interesada no podrá superar tampoco el tope de rentas establecido.
Por último, entre las demás medidas contempladas en esta reforma figuran:
-Una mayor accesibilidad a los subsidios por desempleo
-Compatibilidad del subsidio con el trabajo por cuenta ajena por un período de 180 días
-Un mayor refuerzo de medidas que permitan la reinserción laboral y mejora de la empleabilidad.
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