El SEPE ofrece una ayuda de 600 euros para quien cumpla solo un requisito
La duración de la prestación especial será de 120 días máximo y la cuantía equivale al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), unos 480 euros
C. L.
Sábado, 4 de octubre 2025, 10:11
En materia de subvenciones estatales hay algunas que llaman poderosamente la atención. Y, en este sentido, existe una ayuda para que la que no hace ... falta una larga lista de requisitos. Algo extraño pero real. Ahora bien, afecta a un colectivo exclusivamente: el de los artistas. En ocasiones es una vida muy impredecible en lo económico. Se trata de un sector cuyos profesionales viven periodos de trabajo sin una estabalidad real, con temporadas de mucha actividad y otras sin proyectos a los ue agarrarse.
Por ello, el SEPE brinda una prestación específica para aquellas personas desempleadas que desempeñen su trabajo en las artes escénicas, audiovisuales y musicales. La ayuda, conocida como el 'paro de los artistas', busca respaldar económicamente a estos trabajadores con un panorama laboral volátil. La prestación puede llegar a alcanzar los 600 euros mensuales durante 120 días si se cumplen los requisitos, que en este caso son menos exigentes en comparación con la prestación contributiva general.
El único requisito es pertenecer a este sector y no tener derecho a paro. A eso, lógicamente, se suma encontrarse en situación legal de desempleo y estar afiliado a la Seguridad Social, condiciones indispensables para cualquier tipo de ayuda del SEPE.
Para cobrarla ayuda es necesario «o bien 60 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística dentro de los 18 meses anteriores» o «180 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística o por regularizaciones anuales ya realizadas, dentro de los seis años anteriores a la fecha de la situación legal de desempleo».
La duración de la prestación especial será de 120 días máximo y la cuantía equivale al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), unos 480 euros. Puede ascender a 600 euros «cuando la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos sesenta días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros, en cuyo caso será igual al 100 por cien del IPREM», señala el organismo.
Además de los artistas, se pueden acoger a ella personal técnico y auxiliares que trabajen en las artes escénicas, audiovisuales y musicales. Si se pide más de una vez, debe transcurrir «al menos un año» desde de la extinción de la anterior prestación especial.
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