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Mostradores de embarque de la compañía Ryanair. AFP

Condenan a Ryanair por cobrar a una pasajera por su equipaje de mano

Un juez considera que un bolso de mujer y una maleta de cabina entran dentro de lo considerado como 'bulto mano' que la aerolínea está «obligada a transportar de forma gratuita» | Declara nula la tasa y «desterrada» del contrato

J. L. Alvarez

Madrid

Miércoles, 20 de noviembre 2019, 13:21

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Una pasajera que lleva su bolso de calle y una maleta de cabina no está obligada a pagar un suplemento de equipaje para subir a ... un avión. Así lo entiende el titular del Juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid, que obliga a la compañía aérea Ryanair a devolver a una mujer los 20 euros que le cobró el pasado mes de enero como suplemento por llevar ese equipaje en un vuelo con destino a Bruselas, una práctica que el magistrado considera «abusiva» al cercernar los derechos del pasajero, «generando un grave desequilibrio» y un «perjuicio del consumidor». Por todo ello estipula que la tasa debe de «ser declarada nula y desterrada del contrato».

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