PP-A, PSOE-A y Adelante pactan una ley sobre el tercer sector social andaluz con visto bueno de la Junta
La proposición de ley consta de 13 artículos, se estructura en tres capítulos y contiene, además, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales
Europa Press
Sábado, 23 de agosto 2025, 16:17
Los grupos parlamentarios Popular, Socialista y Mixto-Adelante Andalucía han registrado de forma conjunta una proposición de ley relativa al tercer sector de acción social ... de la comunidad autónoma para su tramitación en la Cámara andaluza que cuenta con el posicionamiento favorable del Consejo de Gobierno del PP-A.
La proposición de ley, tras su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento andaluz, y remitida al Consejo de Gobierno para manifestar su criterio respecto a la toma en consideración de la misma, pretende, «entre otros extremos, dar cobertura a determinadas necesidades, como la de reforzar la colaboración entre las administraciones públicas y el tercer sector social en el diseño de las políticas sociales para responder a los desafíos de una sociedad global».
De esta manera, la proposición de ley consta de 13 artículos, se estructura en tres capítulos y contiene, además, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
La iniciativa tiene como objeto «configurar y definir el tercer sector social de Andalucía a través de las organizaciones y redes que lo conforman, y adoptar y promover medidas orientadas a fortalecer dichas organizaciones y redes a fin de impulsar la cooperación y colaboración de las organizaciones entre sí, con el sector público y el tejido empresarial, para promover su participación y contribución en el ámbito de la intervención social en general y, específicamente, en las políticas y sistemas de responsabilidad pública relacionados con dicho ámbito».
La proposición de ley sitúa como «parte del tercer sector social de Andalucía» a «las organizaciones de iniciativa social, con sede y actividad en Andalucía, cuya finalidad principal es promover, a través de actividades de intervención social, la inclusión social, la cooperación al desarrollo y el ejercicio efectivo de los derechos de personas, familias, grupos, colectivos o comunidades que afrontan situaciones de vulnerabilidad o exclusión, desigualdad, desprotección, discapacidad o dependencia, o cualquier otra actividad contenida en el artículo 37 del Estatuto de Autonomía de Andalucía».
De esta manera, la iniciativa detalla las características que deben reunir una entidad para ser considerada como parte del «tercer sector social», entre las que figuran la de que esté conformada, «total o parcialmente, por personas voluntarias o asociadas», así como que no tengan como finalidad la «obtención de beneficios económicos», y que los que «eventualmente obtenga» los revierta «en la actividad que le sirve de objeto», y no los distribuya «entre sus socios».
La proposición de ley define también los «principios de actuación» a los que deben someterse las organizaciones del tercer sector social de Andalucía, entre los que figuran los de «solidaridad y justicia» y «responsabilidad pública y corresponsabilidad en la inclusión social», así como reconoce a estas entidades el «derecho a participar en las políticas públicas que les conciernen en todas sus fases, incluida la fase de ejecución, (...) sin menoscabar las facultades de decisión que correspondan a los órganos de gobierno de cada institución».
La iniciativa también plantea en su articulado que «el Gobierno andaluz, a través de la Comisión Permanente de Diálogo con la Mesa del Tercer Sector de Andalucía u organismo que la sustituya, mantendrá un diálogo permanente, operativo y bidireccional con las redes del tercer sector social de Andalucía respecto a la acción de gobierno, así como respecto a la acción de las organizaciones y redes, en el ámbito de la intervención social, que se traduzca en iniciativas concretas a impulsar por cualquiera de las partes o en colaboración, realizando un seguimiento y evaluación de las mismas».
Según se detalla en la proposición de ley, dicha comisión «se reunirá, en sesión ordinaria, tres veces al año, con periodicidad cuatrimestral, y, en sesión extraordinaria, cuando así lo decida la presidencia, a iniciativa propia o a instancia de, al menos, la mitad de las vocalías».
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