Andalucía hace oficial la paga extra y mejoras laborales de los sanitarios por el Covid-19: ¿cuánto van a cobrar?
El BOJA publica la aprobación de la retribución para el personal del Servicio Andaluz de Salud en concepto de productividad, por haber estado al frente de la pandemia
ideal
Lunes, 10 de agosto 2020, 11:08
El Gobierno andaluz anunció en julio su intención de abonar una gratificación especial por la Covid19 al personal del sistema sanitario público equivalente al 20 % del salario base ... más la paga extra por tres meses, además de incluir mejoras en las retribuciones. Un compromiso que el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha hecho oficial este lunes con la publicación del acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad.
Según se desprende del documento, con la aprobación de este acuerdo se adopta la retribución para el personal del Servicio Andaluz de Salud en concepto de productividad, por haber estado al frente de la pandemia del Covid-19 y contribuido a su control, equivalente al diez por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, o la parte proporcional para aquellos que hayan trabajo menos de esos tres meses durante dicho periodo.
Por otro lado, los profesionales de las Agencias que han estado trabajando durante el período de pandemia, en puestos relacionados directa o indirectamente con la gestión contra el Covid-19, recibirán también una compensación en forma de descanso de un día de libre disposición por mes trabajado (máximo 4 días). El disfrute ha de realizarse antes del 31 de enero de 2021.
¿Cuánto cobrarán?
Antes del 30 de septiembre, los trabajadores que hayan desarrollado su labor durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y 30 de junio, y que hayan trabajado al menos tres meses en el citado periodo, vendrán a percibir:
- Personal estatutario, la retribución equivalente al veinte por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, por una sola vez.
- Personal con relación laboral de carácter especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud (EIR), la retribución equivalente al quince por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, por una sola vez.
- Personal vinculado, la retribución equivalente al diez por cien del sueldo de tres meses más la parte proporcional de la paga extra, por una sola vez. Cuando los servicios prestados en el periodo sean inferiores a tres meses percibirán la parte proporcional equivalente de esta retribución, por una sola vez.
El documento también incluye la implantación en el ejercicio de 2020 medidas previstas en el borrador de acuerdo marco en materia de personal y desarrollo profesional 2020-2023:
- Modificar las cuantías del valor hora de Jornada Complementaria que queda fijado:
- Modificar las cuantías correspondientes al complemento de atención continuada personal no facultativo modalidad «A», que queda fijado en las siguientes cuantías:
- Modificar las cuantías correspondientes al complemento de atención continuada personal no facultativo modalidad «B» que queda fijado en las siguientes cuantías:
- Modificar las cuantías correspondientes al complemento de atención continuada por turnicidad, que queda fijado en las siguientes cuantías:
- Establecer un complemento de productividad, a partir de septiembre, para aquellos Licenciados sanitarios cuyo complemento específico es diferente a puestos con idéntico contenido funcional responsabilidad y jornada de forma que queden equiparadas ambas retribuciones.
- Dar cumplimiento al acuerdo de estabilización firmado en 2016 recuperando la normalidad en la cadencia de los pagos al personal interino para ello en la nómina normal del mes de septiembre la totalidad de los profesionales que ostenten nombramiento como personal interino pasarán a percibir sus retribuciones en la nómina normal del mes correspondiente.
- Compensación con vacaciones. Los profesionales que han estado trabajando durante el período de pandemia, en puestos relacionados directa o indirectamente con la gestión contra el COVID, recibirán una compensación en forma de descanso de un día de libre disposición por mes trabajado (máximo 4 días). El disfrute ha de realizarse antes del 31 de enero de 2021.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión