Los requisitos del SEPE para acogerse a las prestaciones cuando se acaba el paro
El trabajador puede optar a varios subsidios si reúne unas condiciones mínimas
ideal
Jueves, 30 de septiembre 2021, 15:12
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que permite cobrar un subsidio sin haber cotizado, informa de las ayudas a las que pueden acogerse ... aquellos a los que se les ha acabado el paro. Tras agotar la prestación contributiva por desempleo, el trabajador puede optar a varios subsidios si reúne unas condiciones mínimas. La intención es que aquellas personas que no cuenten con recursos suficientes puedan obtener una prestación económica hasta reincorporarse al mercado laboral. Estas ayudas, sin embargo, no son contributivas.
Publicidad
Los requisitos son:
-Renta Mínima de Inserción o Salario Social: se gestionan a través de las Comunidades Autonómas, que establecen las cuantías a cobrar y los requisitos mínimos para poder acceder a ellas.
-Ayudas para mayores de 45 años y menores de 52 que no tengan cargas familiares. Es indispensable que estén inscritas como demandantes de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación.
-Renta Activa de Inserción (RAI): eclusiva para parados de larga duración, que tengan más de 45 años, una discapacidad de al menos el 33% o sean víctimas de violencia de género. Para cobrarlo se debe ser menor de 65 años, no tener ingresos propios superiores a 712,50 euros mensuales, que la unidad familiar no supere el tope de rentas.
-Programa de Activación para el Empleo (PAE): para personas que tengan carga familiar y lleven más de doce meses inscritos en el paro.
-Liberados de prisión. Las personas liberadas de prisión también tienen derecho a cobrar un subsidio por desempleo durante seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
-Personas con pensión de discapacidad. Cuando una persona deja de cumplir los requisitos para cobrar la pensión por incapacidad de la Seguridad Social, el SEPE ofrece un subsidio de seis meses, pero puede renovarse tres veces más
Publicidad
-Subsidio para emigrantes retornados. Se trata de un subsidio destinado a los ciudadanos españoles que se han tenido que ir al extranjero por motivos de trabajo. Pueden pedirlo si han desarrollado una actividad laboral fuera y, al volver, no tienen derecho a recibir la contributiva.
-Plan Prepara: destinados a parados de larga duración que no hayan cobrado ni el PRODIS, ni la Renta Agraria o la Renta Activa de Inserción.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión