¿Te quieren vender la luz y el gas llamando a tu puerta? La Ley lo prohíbe

Tras la modificación de las leyes 34/1998 y 24/2013 esta opción solo está disponible si son los usuarios quienes la solicitan

á.l.

Miércoles, 7 de noviembre 2018, 11:54

Adiós a las ventas «puerta a puerta« que llevaban a cabo algunas compañías de gas o electricidad. Desde el pasado 5 de octubre está ... prohibida esta práctica merced a un Real Decreto que modificó las leyes ya existentes que regulaban estas prácticas. El Ministerio para la Transición Energética que dirige Teresa Ribera adoptó estas modificaciones que suponen un cambio sustancial en lo que ha venido sucediendo hasta ahora.

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Desde el 6 de octubre ninguna compañía de gas ni electricidad puede vender a ningún cliente sus productos en su domicilio. Así de claro lo deja la Ley 34/1998 (sobre gas natural) y la Ley 24/2013 (sobre electricidad) que fueron modificadas el 5 de octubre. Solo se podrá producir si ha sido el cliente el que tras contactar con la empresa ha decidido establecer una cita en su domicilio para contratar los productos.

En los demás casos queda prohibido, tal y como lo determinan los artículos de ambas leyes que prevén incluso sanciones contra las empresas que lleven a cabo estas prácticas. Tanto para la venta de gas como electricidad, las leyes contemplan que el incumplimiento de las mismas sobre la prohibición de vender «puerta a puerta» se consideran infracciones graves, que están tipificadas con multas de hasta 6.000 euros contra las empresas que vendan los servicios.

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