Un agente coloca la marihuana envasada al vacío incautada en un control en la A-92,en el término municipal de Guadix, con peso de 130 kilos. IdEAL

La cantidad de marihuana incautada que te envía a prisión: «Es inevitable»

Abogados penalistas de Granada coinciden en que los cultivadores saben lo que hacen y se arriesgan. No creen que exista sensación de impunidad

Yenalia Huertas

Granada

Domingo, 28 de agosto 2022, 10:28

Los penalistas consultados por IDEAL no creen que exista una sensación de impunidad entre las personas que ocasional o habitualmente se dedican al cultivo de ... marihuana. «O al menos es una sensación equivocada», subraya el abogado penalista Jesús Huertas, para precisar que si es la primera condena, si no se superan los diez kilogramos de marihuana y el procesado carece de antecedentes penales, le suspenderán la pena, «ya que esta normalmente no superará los dos años». Si la cantidad supera los diez kilos o se tienen antecedentes o se es reincidente, entonces «el ingreso en prisión es inevitable».

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El también penalista Rafael López Guarnido tampoco cree que haya sensación de impunidad, «pero no hay –coincide con la fiscalía antidroga– unos recursos suficientes para perseguir la abundancia de actividad».

Luis Felipe Martínez de las Heras, especializado en esta materia, tampoco cree que los clientes tengan esa sensación de impunidad, «pero para alguno –añade– es su solución para seguir adelante. Y están ingresando en prisión y saben las consecuencias de ello y el peligro que corren».

El artículo del Código Penal en el que está tipificado este delito, como especifica a este diario otro penalista, Javier Muriel, es el 368, que castiga a quienes «ejecuten actos de cultivo elaboración o tráfico, o de otro modo favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines...».

Daño a la salud

En concreto, este artículo del Código Penal establece «prisión de 3 a 6 años y multa del tanto al triplo del valor de la droga cuando se trate de sustancias ilegales que causen un daño grave para la salud», así como «prisión de 1 a 3 años y multa del tanto al duplo en el resto de casos». La marihuana está considerada una sustancia estupefaciente que no causa grave daño a la salud, a diferencia de la heroína o la cocaína.

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Muriel, que aunque es granadino tienen su despacho en la Costa del Sol, ha llevado más asuntos de hachís que de marihuana y cree que el hachís «ahora está tan barato que no interesa trabajarlo». En este sentido, detalla que «poner un kilo de hachís en la península cuesta 850 euros, y ahora mismo se vende a 1.200 euros el kilogramo, cuando antes se vendía de 1.600 para arriba. Trabajarlo para tan poca ganancia no les sale rentable».

Las penas son más elevadas si se determina que los presuntos responsables de los cultivos pertenecen a una organización criminal. Para saber a cuánto se puede enfrentar alguien si se diese esa circunstancia hay que consultar el artículo 369 bis del Código Penal.

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Este recoge que si los dedicados a este negocio -ilícito en cualquier caso- pertenecieran a una organización delictiva, «se impondrán las penas de prisión de nueve a doce años y multa del tanto al cuádruplo del valor de la droga si se tratara de sustancias y productos que causen grave daño a la salud y de prisión de cuatro años y seis meses a diez años y la misma multa en los demás casos».

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