La multa por las infracciones en el bloque de Torres Hurtado, reducida a 900 euros
El TSJA rebaja a leve la sanción por un cambio de altura en los techos de los pasillos, en un proceso paralelo al juicio penal que sentará en el banquillo al exalcalde el 21 de octubre
El TSJA rebaja de 3.000 a 900 euros la multa que tendrá que pagar la comunidad de propietarios de Obispo Hurtado número seis por los cambios de altura de unos falsos techos en zonas comunes ... . Califica de leve la infracción, en un procedimiento administrativo paralelo al itinerario penal del Caso Nazarí, por el que el exalcalde José Torres Hurtado se sentará en el banquillo el próximo 21 de octubre.
Publicidad
En dos pisos de este edificio vivían Torres Hurtado y la exconcejala de Urbanismo Isabel Nieto. En 2005 se concedió la licencia para su construcción. Una década más tarde, y tras dos años de obras, el 26 de marzo de 2015 se solicita la licencia de primera ocupación. A mediados de abril, un arquitecto municipal alertó de que en el bloque no se cumplía la altura mínima libre establecida en todas las estancias, lo que –como publicó IDEAL en 2016– debió haber paralizado el procedimiento de primera ocupación.
Los vecinos propusieron pagar una indemnización. El 7 de mayo de 2015 se cuantificó en 489.389 euros. Seis días más tarde, tras la corrección de un error, descendió a 358.509. El promotor del edificio presentó un escrito en el que esgrimió que no correspondía una compensación por mayor aprovechamiento. A 48 horas para las elecciones municipales de 2015 –las encuestas vaticinaban que Torres Hurtado perdería la mayoría absoluta– hubo un cambio en la delegación de competencias en los concejales. Uno de ellos firmó, dos días después de los comicios, el decreto de primera ocupación.
46.605 euros
El 3 de julio de ese mismo año, la sanción para legalizar la obra pasa a 46.605 euros, ante lo cual la comunidad presentó alegaciones. Una sentencia de 2018 redujo la cuantía de la multa impuesta a 3.000 euros por una infracción de tipo grave, tipificada por la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía. Recurrieron ambas partes: el Ayuntamiento para mantener la cuantía inicial, la comunidad de propietarios para defender que no existía falta, «al estar las obras amparadas por licencia y no hallarse tipificadas como infracción».
La sentencia del TSJA a la que ha tenido acceso IDEAL, firmada el 13 de mayo y contra la que cabe recurso de casación, desestima la apelación del Ayuntamiento de Granada y admite parcialmente el recurso de la comunidad, rebajando la sanción a tipo leve e imponiendo una multa de 900 euros.
Publicidad
Esto, en cuanto a la vía administrativa. Con respecto a la penal, el próximo 21 de octubre se sentará en el banquillo el exalcalde. Será el inicio del juicio, en el Juzgado de lo Penal 1, por la pieza separada del caso Nazarí conocida como 'expediente Obispo Hurtado'. En ella están acusados Torres Hurtado, Isabel Nieto y un antiguo funcionario de Urbanismo, por presuntos delitos de prevaricación común, urbanística y tráfico de influencias por las supuestas irregularidades en este edificio.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión