Empresas, autónomos y particulares: ¿Cómo reclamar daños?
Las compañías eléctricas deben indemnizar por cualquier corte de suministro de más de tres minutos sin aviso ni justificación
Inés Gallastegui
Jueves, 1 de mayo 2025, 00:50
¿Qué deben hacer los que se consideren perjudicados por el insólito apagón del 28 de abril? Las compañías eléctricas deben indemnizar por cualquier corte ... de suministro de más de tres minutos sin aviso ni justificación. Ahora, la pregunta que se hacen muchos es cómo reclamar daños.
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Particulares
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Póliza Lo primero es revisar la póliza del seguro de hogar y ver si cubre los daños eléctricos, tanto por alimentos estropeados como por electrodomésticos o equipos afectados por un pico de tensión al volver la corriente. También si incluye exclusiones en caso de que el apagón se produjera por una causa de fuerza mayor, como un fenómeno meteorológico o un ciberataque.
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A la compañía Si la póliza no contempla esos riesgos eléctricos, siempre podemos reclamar a la distribuidora de electricidad, que está obligada a indemnizarnos ante cualquier interrupción no avisada ni justificada de más de 3 minutos.
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Pruebas Es importante hacer fotos de los productos dañados y a ser posible aportar tiques de compra. Si tenemos que reparar un electrodoméstico, guardar la factura para acompañar la reclamación, tanto al seguro como a la eléctrica.
Autónomos y empresas
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Lucro cesante Además de todo lo anterior, los negocios y empresas que hayan sufrido perjuicios económicas por la obligada inactividad durante el apagón pueden reclamar «pérdidas económicas por paralización de actividad» a su compañía de seguros –si esa protección está en su póliza– o «lucro cesante» mediante una reclamación a la compañía eléctrica si se determina que una «acción u omisión negligente o culposa» produjo el apagón, señala la empresa de asesoramiento jurídico Legalitas.
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Pruebas Para probar el lucro cesante las empresas y negocios pueden aportar documentación contable, datos del IRPF o un histórico de su actividad y sus ingresos en periodos similares. También deben acreditar los gastos fijos a los que debieron hacer frente a pesar de no poder trabajar, producir sus artículos, atender a sus clientes o cobrar por falta de electricidad, como el alquiler, los salarios, los seguros o los impuestos.
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