Un conductor suma siete condenas por circular sin carné tras perderlo en 2016
El procesado se presentó seis veces a las pruebas para recuperar el permiso y la última vez fue sancionado por copiar con un intercomunicador
Su cabezonería a la hora de infringir el código de circulación le ha costado a un vecino de Granada una pena de prisión. Desde 2016, ... que fue cuando perdió el carné de conducir por agotar todos los puntos, hasta la fecha, ha acumulado siete condenas por ponerse al volante pese a carecer del permiso. La primera vez que fue declarado culpable fue el mismo año en que le retiraron la licencia, en 2016, y la última, ya en 2025. Casi una década de banquillo en banquillo, que se dice pronto.
Publicidad
Se da la circunstancia de que el procesado también fue terco en su empeño de tratar de recuperar el documento en cuestión: se presentó a las pruebas establecidas para tal fin en seis ocasiones. Lo que ocurre es que en el sexto intento volvió a elegir el mal camino y fue multado por copiar con ayuda externa. «Fue sancionado por utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en» el examen, recuerda la Audiencia Provincial en una sentencia que confirma la pena de ocho meses de cárcel impuesta por un juzgado de lo Penal de la capital en febrero de este año.
Calle Méndez Núñez
En este sentido, su último encontronazo con las fuerzas de seguridad ocurrió la madrugada del pasado 24 de enero en la calle Méndez Núñez de Granada. La Policía Local le dio el alto y, tras comprobar su abultado historial de desencuentros con la ley, fue investigado y acusado de un delito contra la seguridad vial. Uno más y siempre por lo mismo. «Conducía (...) careciendo de permiso para conducir, por pérdida de puntos (según) el expediente de la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada. En dicho expediente se dictó resolución de pérdida de vigencia el día 08/06/2016, que fue notificada en el domicilio del interesado el día 23/06/2016». Era el principio de una carrera criminal que se dilató durante nueve años. A lo largo de ese tiempo sumó seis condenas (sin contar la última). Esas resoluciones, salvo la dictada este 2025, son firmes, es decir, que no pueden ser recurridas ante una instancia superior. De hecho, la Audiencia detalla que el inculpado ya ha cumplido algunas de ellas. Y el motivo del castigo es idéntico en todos los casos: «Conducción sin permiso». Las penas fueron siempre de multa, algo que ha cambiado en el último fallo: ocho meses de presidio. La razón: los jueces han estimado la existencia de «la circunstancia agravante cualificada de reincidencia«.
Alegaciones
El encausado alegó en su descargo que su procesamiento se debió a un «supuesto error informático» de la Dirección General de Tráfico, pero el tribunal ha rechazado ese argumento defensivo. «Cuando la Jefatura Provincial de Tráfico realizó la consulta, la calificación que figuraba era 'no apto' y no hay prueba alguna de que, en algún momento anterior, hubiera aparecido otra calificación. No obstante y, aunque ello hubiese sido así, el apelante sabe, pues ha sido poseedor del mismo, que, en tanto no posea el carnet de conducir, es decir, el documento oficial emitido por la Dirección General de Tráfico que acredita a su poseedor para conducir vehículos a motor por la vía pública, no puede hacerlo. Por tanto no es posible reputar infringido su derecho a la presunción de inocencia», concluye la Audiencia de Granada.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión