Sentencia de la Audiencia
Condenado a pagar más de 3.000 euros por el ataque de un perro suelto en la VegaEl can se abalanzó sobre un anciano, ya fallecido, que caminaba cerca de un descampado donde había una caseta con materiales
A veces la Justicia llega un poco tarde. Eso es lo que ha ocurrido en el caso de un anciano granadino que, en diciembre de ... 2016, sufrió, mientras andaba por un camino de la Vega, el ataque de un perro de una finca que estaba suelto. La Justicia ha determinado que el hombre, que según las fuentes consultadas no sufrió mordedura pero resultó «con una herida en la pierna», perciba más de 3.000 euros (exactamente 3.304 más intereses), aunque ya será su familia la que cobre la indemnización al haber fallecido, según ha podido saber IDEAL.
Publicidad
Ha sido la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Granada la que ha dictado, el pasado mes de febrero, el fallo que pone fin a este proceso judicial, que se inició con un juicio verbal en 2017 en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Santa Fe.
La vista se desarrolló después de que el anciano reclamase por los daños y perjuicios sufridos en aquella «agresión» del animal, «uno de los dos perros propiedad del condenado» y de un tamaño considerable. El juzgado estimó la demanda del lesionado, pero el dueño del perro recurrió su condena ante la Audiencia, que ha confirmado la decisión del órgano santaferino.
Aunque el propietario del can negaba serlo (el animal por lo visto no temía chip), el tribunal resalta el testimonio que prestó un guardia civil que acudió al lugar del suceso, donde «había un descampado» y «una caseta para materiales» que estaba ocupada por una empresa que estaba realizando trabajos en la zona. Allí, los agentes «estuvieron hablando con la persona encargada de guardar los materiales», que resultó ser el demandado, «que dijo que era la persona que estaba al cuidado del perro», subraya el fallo.
Publicidad
Perito
El condenado se quejaba también de la cuantía de la indemnización, pues se fijó en base a un informe pericial médico que no pudo ser ni sometido a contradicción en el acto de juicio, al no comparecer el perito que lo elaboró. «La alegación y, en definitiva, la totalidad del recurso interpuesto, también está destinada al fracaso», subraya la resolución del tribunal provincial.
En este punto, la sentencia recuerda que en la causa existen informes emitidos por el Centro de Salud, además del informe pericial, y que la parte demandante «ha cumplido con la carga de probar la realidad de los hechos por los que reclama». El lesionado estuvo quince días de baja médica.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión