El Consejo Consultivo dictamina favorablemente sobre la segregación de Balanegra
El proyecto resalta que se trata de un núcleo de población totalmente diferenciado del municipio matriz de Berja, del que se sitúa a una distancia aproximada de 20 kilómetros
europa press
Jueves, 30 de abril 2015, 15:43
El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha emitido un dictamen favorable al proyecto de decreto por el que se aprueba la creación del municipio de ... Balanegra, por segregación del término municipal de Berja (Almería), sin perjuicio de la distribución de las deudas y cargas, créditos, derechos y obligaciones entre el nuevo municipio y del que se segrega, acorde con los criterios de compensación y solidaridad que han de observarse.
El dictamen, que cuenta con dos votos particulares negativos, llega después de que la Dirección General de la Administración Local de la Junta y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales dieran también su visto bueno al proceso, lo que permitió remitir el borrador del decreto al CCA para que emitiera su propio dictamen antes de que llegue a la mesa del Consejo de Gobierno.
Según consta en la resolución, consultada por Europa Press, existen "importantes singularidades" con respecto a este expediente puesto que el procedimiento de Balanegra se inició hace casi diez años a través de una solicitud formulada por una Comisión Promotora representativa de la mayoría de los vecinos de la Entidad Local de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM) de Balanegra.
Dichas referencias temporales "marcan el régimen jurídico de la segregación postulada", apunta el Consejo, que relata los diferentes marcos normativos por los que se concede la segregación, de forma que uno de los criterios a tener en cuenta es el número de habitantes que reside en el municipio resultante, que, además, debe ser sostenible financieramente.
En esta línea, el Consultivo reitera las "diversas dudas interpretativas motivadas por la sucesión de normas legales" así como el "carácter excepcional de la creación de municipios por segregación". Así, según la última reforma aplicada a la ley por la que se rigen estos casos, se exige que el municipio cuente con 5.000 habitantes, mientras que en el caso de Balanegra el censo contabiliza 2.885 vecinos.
Pese a ello, el órgano andaluz apunta que la cifra mínima de población exigida "no sería aplicable a los procedimientos de segregación iniciados antes de la entrada en vigor de la modificación". Anteriormente, no se establecía un umbral mínimo de población hasta que en 1993 el Parlamento andaluz exigió un mínimo de 4.000 habitantes, que se reducían a 2.500 cuando el municipio llevara cinco años constituido como ELA.
Tras la derogación de la Ley 7/1993 por la Laula, el Consultivo remarca "el silencio que ésta guarda sobre la exigencia de un número mínimo de habitantes del núcleo de población que pretende constituirse en municipio", lo que "ha suscitado la duda sobre la vigencia de los umbrales mínimos de población previstos en el artículo 13 del Reglamento de Demarcación Municipal de Andalucía y del Registro Andaluz de Entidades Locales".
Por ello, aunque Balanegra no supera el requisito de población establecido en la nueva redacción, la interpretación de la Consejería Consultante "con no ser la única posible, es una interpretación razonable frente al silencio del legislador" y desde esta óptica se dictamina la propuesta favorablemente.
A esto, se suma que el Consejo de Gobierno está obligado a acatar el fallo de la sentencia dictada por el TSJA, que "zanja la cuestión relativa a la normativa autonómica aplicable al procedimiento, y, en concreto, declara bastante el requisito poblacional de 2.500 habitantes, superado por Balanegra en el momento de iniciarse el procedimiento y en la actualidad".
Desestimaciones de las alegaciones de Berja
Expuestas las singularidades del expediente, el Consejo Consultivo considera que el proyecto de decreto justifica la concurrencia de las exigencias legales y reglamentarias para creación del municipio de Balanegra pese a las alegaciones del Ayuntamiento de Berja, contrarias a la segregación.
El proyecto resalta que Balanegra constituye un núcleo de población totalmente diferenciado del municipio matriz de Berja, del que se sitúa a una distancia aproximada de 20 kilómetros. Igualmente, se dan por probadas sus "singularidades históricas, sociales, geográficas y económicas".
La superficie del municipio proyectado sería de 31,95 kilómetros cuadrados, con una densidad de población de 90,30 habitantes por kilómetro cuadrado, de manera que la superficie referida se considera suficiente para la actual población de Balanegra y para la que resulte de los aumentos previsibles.
Voto particular
El dictamen incluye además el voto particular de los consejeros Gutiérrez Rodríguez y Sánchez Galiana, quienes apuntan en relación a los requisitos poblacionales y el vacío que introduce la Laula en este asunto que el dictamen da el visto bueno a la segregación "tras reconocer que la cuestión no resulta pacífica y los argumentos antes referidos no son los más convincentes para sostener la tesis que sostiene la Administración consultante"
"Aunque Balanegra no supera el requisito de población establecido en la nueva redacción del artículo 13.2 de la Ley 7/1985, se anuncia ya que la interpretación de la Consejería Consultante, con no ser la única posible, es una interpretación razonable frente al silencio del legislador, y desde esta óptica se dictaminará la propuesta favorablemente", subrayan.
Ante este asunto, los consejeros se preguntan qué razón alude el órgano consultivo, que ahora "cambia de criterio" con respecto a resoluciones anteriores para atender a unos determinados requisitos de población "sin compartir la posición de la Administración consultante" y únicamente por ser "razonable".
Para estos consejeros, la tarea del Consejo Consultivo de Andalucía "no debe ser, en modo alguno, distinguir las interpretaciones razonables de las irracionales, dictaminando en todo caso favorablemente los expedientes en los que exista un interpretación razonable, sino sentar criterio y doctrina sobre cuál sea en cada caso, de las varias posibles (e incluso razonables), la interpretación más correcta, la más acertada o la única válida para obtener un dictamen favorable".
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