¿Prescriben las multas de tráfico? ¿Te puedes librar de pagarlas?
Todo depende de la gravedad de la infracción cometida, los plazos de la notificación y la forma de operar de la Administración en cuestión
Sábado, 13 de octubre 2018, 00:41
En los últimos días se han producido importantes novedades en torno a las pegatinas de la DGT, ya que varias ciudades han anunciado que en ... breve implantarán la obligatoriedad de su uso y, en caso de incumplimiento, dispensarán las sanciones administrativas pertinentes. En este sentido, ¿existen alguna posibilidad en la que un ciudadano pueda librarse de pagar una multa de tráfico?
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Lo cierto es que todo depende de la gravedad de la infracción cometida, los plazos de la notificación y la forma de operar de la Administración en cuestión. Además, hay que tener presente que ya existen varias formas de saber si has sido multado sin que tengas conocimiento de ello.
En el supuesto de que el afectado considere que la sanción que ha recibido es injusta debe considerar, antes de todo, que el proceso abierto sigue las normas pertinentes y, efectivamente, se corresponde con su caso concreto.
Vencimiento de los plazos
Según refleja la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, las multas pueden «caducar» si no se notifican a su debido tiempo. Estas son las situaciones posibles:
-Faltas leves: no más de 100 euros. Aquí la Administración tiene un plazo de tres meses para notificártelo en tu domicilio, desde el día en que se cometió la infracción.
-Faltas graves o muy graves: cuantías de más de 100 euros. El plazo de notificación se amplía a seis meses.
Así las cosaas, si transcurrido este tiempo existe el infractor no ha recibido ninguna notificación formal se librará de pagarla, ya que habría prescrito. Es más, si la Administración no procede a su archivo, se abre un amplio abanico de derechos para defender que esa multa ya no es válida.
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Interrumpción del plazo de prescripción
Existen varias causas que pueden desembocar en la detención de este periodo de prescipción, como el hecho de que la Administración esté indagando acerca de la identidad del infractor o su domicilio. Por tanto, tratar de librarse de la multa devolviendo as notificaciones con la indicación de «ausente» o «desconocido» es estéril.
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