Las multas que pueden ponerte por no llevar la etiqueta ambiental de la DGT

En algunas ciudades comienza a ser obligatorio lucir la pegatina para poder circular libremente

IDeal

Domingo, 26 de enero 2020, 10:29

Los distintivos ambientales de la DGT que clasifican a los vehículos según sus emisiones se van imponiendo poco a poco como obligatorios. Ciudades como ... Madrid o Barcelona prohíben el acceso a ciertas zonas del municipio si no se posee esta etiqueta. La sanción para los conductores que lo hagan es una multa que varía en función del propio municipio.

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En Madrid la Ordenanza de Movilidad Sostenible que entró en vigor en 2018 prohíbe a los vehículos que no tengan esta pegatina acceder a las APR (Áreas de Prioridad Residencial). Como excepción, podrán hacerlo aquellos vehículos de las personas residentes empadronadas, invitadas de los mismas, servicios esenciales, titulares de plazas de garaje y servicios profesionales.

Con respecto al estacionamiento, los coches sin etiqueta –es decir, los anteriores al 2000 si son de gasolina o al 2006 si son diésel– no podrán estacionar en la zona SER fuera de las plazas correspondientes al barrio donde estén empadronados sus propietarios.

En cuanto a las diferentes etiquetas, los coches con distintivos C y B podrán acceder sólo si estacionan en parkings, garajes privados o reservas de estacionamiento. Las motos con distintivos C o B podrán acceder cuando aparquen en garajes privados o parking. No obstante, no será necesario de 7 a 22 horas. Por su parte, los distintivos ECO podrán entrar y estacionar en las zonas SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) un máximo de dos horas, mientras que los vehículos con el distintivo de 0 Emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.

El acceso a las zonas restringidas sin etiqueta puede acarrear una multa de diferente cuantía. Si no se lleva colocada la etiqueta la sanción será de 15 euros. Si se accede a Madrid Central incorrectamente con un vehículo sin distintivo, fuera del horario (entre las 7 y las 22 horas) o si se estaciona en un área que no corresponde, la multa será de 90 euros. Este último caso incluye a aquellos vehículos B o C que aparquen fuera de los parkings en Madrid Central o los vehículos sin distintivos que aparquen en la zona SER.

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