Multa de hasta 5.000 euros por ir de vacaciones con más dinero en efectivo del permitido
No está permitido viajar co cierta cantidad y además hay que notificar una declaración previa
C. Á.
Lunes, 19 de junio 2023, 11:09
Se acerca el verano y con ello las vacaciones de millones de españoles, que ya preparan sus viajes de vacaciones. Y aunque mucha gente opta ... ya por métodos de pago como el Bizum o las tarjetas bancarias, también siguen siendo muchos los que optan por llevar dinero en efectivo. Pero, ojo, que no es legal cualquier cantidad en los desplazamientos, ya sea por terriotiro nacional o al extranjero.
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La Agencia Tributaria ha advertido que se puede viajar con dinero en efectivo tanto dentro como fuera del país, pero si la cantidad supera los 10.000 euros se debe notificar con una declaración previa. También se debe rellenar un formulario online que se presentará en la aduana o en la autoridad competente a la entrada y salida de cada país.
Los viajes nacionales y los extranjeros no tienen el mismo límite de dinero en efectivo. Desde el organismo señalan que si los viajes se producen dentro de España el límite se sitúa en los 100.000 euros. Pero aclaran que «las autoridades también pueden actuar e intervenir importes inferiores a 10.000 euros cuando existan indicios de una vinculación a actividades delictivas», según la información de la Agencia Tributaria en su página web.
Las multas de Haciena a aquellos que no cumplan esta normativa oscilan entre los 600 euros y hasta 5.000 euros, aunque podrá ascender hasta el 50% del valor del dinero con el que se intentaba viajar y las autoridades podrán intervenir la totalidad del efectivo.
Se exceptúan de la obligación de presentar declaración las personas físicas que actúen por cuenta de empresas que, autorizadas e inscritas por el Ministerio del Interior, ejerzan actividades de transporte profesional de fondos o medios de pago, salvo aquellos casos en que se trate de movimientos de entrada y salida de medios de pago de la Unión Europea.
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La declaración presentada será válida para realizar un único movimiento de medios de pago en la fecha declarada. Durante todo el movimiento los medios de pago deberán ir acompañados de esta declaración y ser transportados por la persona que figure como portadora en la misma.
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