El SEPE aclara cuándo puede quitar el paro a los desempleados con hijos
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal recuerdan que tener hijos no es causa justificada para no cumplir con la búsqueda de empleo
Alberto Flores
Granada
Viernes, 21 de julio 2023, 09:52
Las ayudas y subsidios están a la orden del día en nuestro país para diferentes colectivos, pero hay que tener en cuenta ciertas condiciones. Al ... perder su empleo, los trabajadores que hayan cotizado lo suficiente tienen el derecho de cobrar por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación contributiva por desempleo, comúnmente conocida como paro. Y también existen otros subsidios para ayudar a los desempleados que no tengan derecho a paro o hayan agotado su prestación.
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Sin embargo, independientemente del tipo de ayuda para el desempleo que se perciba, los beneficiaros de las mismas deben tener en cuenta que si no cumplen con ciertos requisitos el organismo puede retirar la prestación.
Una de las obligaciones más importantes en este sentido es la de cumplir con el compromiso de actividad para la búsqueda de empleo. Para ello la persona debe acudir a las llamadas del SEPE relacionadas con ofertas de empleo, así como a las entrevistas, cursos de formación y ofertas de empleo que le sean asignados.
Esto suele ser una dificultad para los trabajadores con hijos a cargo, ya que la carga familiar les complica cumplir con dichas condiciones. De hecho, hay algunos casos en los que estos ciudadanos se ven obligados a rechazar una oferta de trabajo por ser incompatible con el cuidado de sus hijos. Y ante esta situación, son muchos los que se preguntan si rechazar una oferta de empleo por estos motivos conllevaría la pérdida del paro.
Rechazar una oferta de empleo
No importa si tienes hijos a cargo o no, el SEPE es bastante claro en lo referente a la pérdida del paro por rechazar una oferta de trabajo: «Estar estudiando o tener hijos o hijas menores no son causas que justifiquen el rechazo de ofertas de empleo o cursos de formación». De este modo, mientras se esté percibiendo el paro o una ayuda por desempleo, será necesario cumplir con estas obligaciones.
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Eso sí, el SEPE aclara que la oferta de empleo que no se puede rechazar debe ser adecuada para el perfil del demandante. Es decir, debe ser una oferta que se ajuste a la profesión buscada por el trabajador, teniendo en cuenta aspectos como su formación, experiencia previa e intereses laborales.
El hecho de rechazar una oferta de trabajo o curso de formación tiene una sanción estipulada por el SEPE: la pérdida de tres meses de la ayuda que se esté cobrando. Y en caso de que la situación vuelva a repetirse, la sanción pasará a ser la pérdida de la prestación durante seis meses. En caso de que se repita una tercera vez se perderá la ayuda de manera definitiva.
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