Los tres primeros indultos del Gobierno tras el estado de alarma
Se trata de dos casos de estafa y uno de robo
IDEAL
Miércoles, 8 de julio 2020, 09:51
El Gobierno ha concedido los primeros indultos tras el estado de alarma. Los recoge en su último número del Boletín Oficial del Estado. Se trata ... de tres casos de estafa y robo.
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El primer caso hace referencia a una mujer condenada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Zaragoza, en sentencia de 27 de mayo de 2015, como autora de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso ideal con un delito de estafa, a las penas, por el delito de falsedad, de veintiún meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de tres euros, y por el delito continuado de estafa, a la pena de seis meses de prisión.
Los hechos fueron cometidos en el año 2012. Estima que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de julio de 2020, se debe conmutar las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
El segundo caso hace referencia a un condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña como autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, a la pena de dos años y un mes de prisión por hechos cometidos en el año 2009. Se le conmuta un mes de la pena privativa de libertad impuesta por otra de un mes de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Por último, se atiende el caso de un condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba como autor de un delito continuado de estafa en concurso medial con otro delito continuado de falsedad en documento mercantil, a la pena de cuatro años y nueve meses de prisión por hechos cometidos en los años 2007-2008. Se le conmutar la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
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