Aviso de la DGT a los ciclistas: deben llevar ese elemento para evitar multas. Ideal

Último mensaje de la DGT a los ciclistas al circular por carretera

Según establece el Reglamento General de Vehículos, las bicicletas deben tener una luz roja trasera y una blanca delantera para circular de noche y en ciertas situaciones

Alberto Flores

Granada

Domingo, 2 de julio 2023, 09:25

Sin duda alguna la circulación en bicicleta, ya sea en solitario o en grupo, se ha convertido en algo más que una moda. Esto se ... debe a la proliferación de los carriles bicis y a la concienciación de los ciudadanos de evitar otros medios de transporte que sean contaminantes. Sin embargo, el hecho de que las bicis no sean coches o motos no significa que no tengan que cumplir con ciertas obligaciones al circular por la carretera.

Publicidad

Una de ellas, aunque muchos la desconocen, tiene que ver con la obligatoriedad de llevar luces homologadas por la Unión Europea. Unas luces que deben, además, ser visibles a una distancia de más de 300 metros. Así lo establece el Reglamento General de Vehículos en el artículo 22, que señala que estos vehículos deberán contar con una luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero y, no de forma obligatoria, catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.

Eso sí, solo tendrán que llevarlos si circulan por la noche o en determinadas circunstancias. El reglamento señala que estos elementos serán obligatorios «para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, los ciclos, exceptuando las bicicletas».

En 2018 la Dirección General de Tráfico aceptó el uso en bicicletas de luces parpadeantes, aunque solo las que no deslumbren al resto de usuarios de la vía. Además, otro elemento imprescindible según el reglamento es el timbre, que es imprescindible para poder avisar de su presencia.

Multas

No disponer de alguno de los elementos citados anteriormente puede suponer una multa económica de 80 euros. Una sanción que podría reducirse a la mitad, 40 euros, en caso de realizar pronto pago. En lo relativo a la sanción por no llevar el alumbrado encendido, la multa es mayor: 200 euros.

Publicidad

Y estas no son las únicas sanciones que afectan a los ciclistas. No llevar casco, algo que resulta obligatorio si se circula por vía interurbana, a excepción de rampas prolongadas o condiciones de calor extremo, se castiga con una multa de 200 euros.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad