La DGT dará de baja miles de vehículos: cuáles son y cómo evitarlo

Tráfico deshabilita coches que o no se encuentran en circulación o que no existen

IDEAL

Viernes, 24 de septiembre 2021, 12:53

La Dirección General de Tráfico (DGT) lleva a cabo desde el pasado mes de abril bajas de oficio de automóviles que, según sus criterios, ... no existen o no circulan. Este tema genera muchas dudas entre los conductores, que temen que su vehículo pueda ser dado de baja sin su consentimiento.

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Los objetivos de la DGT con esta medida son múltiples. Por un lado, Tráfico pretende que afloren los denominados coches zombis, vehículos que siguen registrados a pesar de haber sido retirados de la circulación o, en el peor de los casos, que debieran haber sido retirados de la circulación y achatarrados, y en realidad hayan sido recuperados para tener una segunda vida.

Pero, sobre todo, la DGT pretende que con esta medida afloren vehículos cuyos propietarios no han cumplido con sus obligaciones, la de superar las inspecciones técnicas de vehículos (ITV) y la de disponer del pertinente seguro de responsabilidad civil en los últimos diez años.

El Real Decreto 265/2021 introducía esta medida, modificando el artículo 35 del Reglamento General de Vehículos. La baja de oficio de la DGT se aplica a vehículos que se presuma «no existen o no circulan», por no haber cumplido las exigencias de ITV y seguro de responsabilidad civil en los últimos diez años.

¿Puedo volver a dar de alta a mi vehículo?

Para aquellos vehículos que se hayan dado de baja de oficio, la DGT ha dispuesto de un mecanismo de rehabilitación tras la baja. De esta forma, el propietario del vehículo puede volver a registrarlo, ahora sí cumpliendo con las exigencias de superar la ITV y suscribir el seguro de responsabilidad civil obligatorio.

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Para que un automóvil sea dado de baja de oficio se han de cumplir dos condiciones. Por un lado, que en los últimos diez años no haya cumplido con la exigencia en materia de inspección ITV.

Además, no se debe haber dispuesto en los últimos diez años de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria

Un coche que ha estado asegurado en los últimos años, pero no ha acudido a la ITV, no debería ser dado de baja de oficio. Un coche que ha superado las pertinentes ITV, pero no ha estado asegurado, no debería ser dado de baja. Un coche que durante al menos diez años no haya acudido a las ITV, y no haya dispuesto de seguro, es candidato para ser dado de baja de oficio.

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Cómo evitar la baja de oficio de la DGT

La solución más sencilla para evitar la baja de oficio es evidente, suscribir seguro de responsabilidad civil, y acudir al centro de ITV. No obstante, si el caso que nos ocupa es el de un vehículo que realmente está fuera de la circulación, por ejemplo, a la espera de reparaciones o restauraciones, lo adecuado es solicitar una baja temporal prorrogable.

Al solicitar la baja temporal de un vehículo estamos comunicando a la DGT que este está fuera de la circulación y que, por lo tanto, no está sujeto a las exigencias en materia de ITV, ni a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil. Por otro lado, las bajas temporales son reversibles. El vehículo puede volver a ser dado de alta en cualquier momento, para regresar a la circulación y, de nuevo, debiendo cumplir las exigencias en materia de ITV y la contratación del seguro.

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Si no se prorroga la baja, un año después de suscribir la baja temporal el vehículo será dado de alta. Y es que desde 2021 la DGT también ha transformado las bajas temporales indefinidas en bajas temporales prorrogables. Con esta medida la DGT pretendía, de nuevo, evitar el fenómeno de los coches zombis y aflorar todos aquellos vehículos que están fuera de la circulación, y deberían haber cursado una baja definitiva, pero permanecen en el registro de bajas temporales.

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