Los cambios en el Reglamento del IRPF que afectarán a los planes de pensiones
El proyecto de modificación del Reglamento del IRPF está actualmente sometido a consulta
Ideal | EP
Sábado, 20 de febrero 2021, 12:22
El Ministerio de Hacienda está ultimando la reforma del Reglamento del IRPF que permitirá que el plan de pensiones individual y el de las empresas ... pueda desgravarse en conjunto. El proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) adapta los cambios de este gravamen y las subidas del mismo aprobadas en los Presupuestos Generales del Estado. Dicho proyecto se encuentra actualmente sometido a consulta pública hasta el próximo 25 de febrero.
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El proyecto de modificación del Reglamento del IRPF cambia los límites de la reducción por aportaciones a planes de pensiones. De esta manera, el límite de aportaciones máximas a planes individuales baja a 2.000 euros. No obstante, el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) puede subir hasta 10.000 euros, siempre que el incremento provenga de contribuciones realizadas por la empresa.
Respecto a los excesos de aportaciones a los sistemas de previsión social, el reglamento fija que los partícipes, mutualistas o asegurados podrán solicitar que las cantidades aportadas que no hubieran podido ser objeto de reducción en la base imponible lo sean en los cinco ejercicios siguientes.
La solicitud deberá realizarse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio en que las aportaciones realizadas no hubieran podido ser objeto de reducción por insuficiencia de base imponible o por exceder el límite porcentual establecido en el artículo 52.1 de la ley del impuesto. La imputación del exceso se realizará respetando los límites establecidos en dicha ley.
A estos efectos, cuando en el período impositivo en que se produzca dicho exceso concurran aportaciones del contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor, la determinación de la parte del exceso que corresponde a unas y otras se realizará en proporción a los importes de las respectivas aportaciones y contribuciones.
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Cuando concurran aportaciones realizadas en el ejercicio con aportaciones de ejercicios anteriores que no hayan podido ser objeto de reducción se entenderán reducidas, en primer lugar, las aportaciones correspondientes a años anteriores.
Asimismo, el proyecto aborda también los casos en los que se hayan realizado aportaciones por el contribuyente y contribuciones imputadas por el promotor a los sistemas de previsión social en los periodos impositivos 2016 a 2020 que no hubieran sido objeto de reducción en la base imponible y se encuentren pendientes de reducción a 1 de enero de 2021. En concreto, se entenderá que las cantidades pendientes de reducción corresponden a contribuciones imputadas por el promotor, con el límite de las contribuciones imputadas en dichos períodos impositivos. El exceso sobre dicho límite se entenderá que corresponde a aportaciones del contribuyente.
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Subida del IRPF a las rentas altas
El proyecto de modificación del Reglamento del IRPF también recoge una nueva escala de tipos derivada del alza de este gravamen a las rentas más altas aprobado en el marco de los Presupuestos de 2021. Se aumenta en dos puntos el IRPF para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, elevando el tipo marginal dos puntos al 47 %.
Según este proyecto, los primeros 12.450 euros tributarán al 19%; los siguientes hasta los 20.200 euros tendrá un tipo del 24 %; los ingresos comprendidos entre 20.200 y 35.200 tributarán al 30 %; desde los 35.200 hasta los 60.000 euros se aplicará un tipo del 37 % y las cantidades desde 60.000 hasta 300.000 euros tributarán al 45 %.
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