Dos chicas con mascarilla miran sus teléfonos móviles. EFE

El BOE confirma dos excepciones en las que no será obligatoria la mascarilla al aire libre

No será necesario su uso durante la práctica de deportes individuales en exteriores y en actividades en espacios naturales

IDEAL

Jueves, 23 de diciembre 2021

El Boletín Oficial del Estado ya ha publicado esta tarde el Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas ... urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 que ya anunció este martes el presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, tras consensuar las nuevas medidas en el Consejo Interterritorial.

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La norma recoge la obligatoriedad del uso de mascarilla en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público; en cualquier espacio al aire libre de uso público o que se encuentre abierto al público; en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.

La excepción viene para la práctica de cualquier deporte individual en el exterior, así como durante la realización de actividades de carácter no deportivo que se realicen en espacios naturales y manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

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