Una abogada cuenta por qué no se deberían pagar las sanciones de tráfico: «Me ha llegado pero no pienso pagarla»
Claudia Romero cuenta en su cuenta de Tiktok en que consiste la Orden ICT/155/2020, del 7 de febrero
Esther Guerrero
Sábado, 16 de agosto 2025, 09:44
Recibir una multa de tráfico puede ser motivo de enfado. Sin embargo, aunque muchas veces se pague lo antes posible para abonar menos, no siempre ... se deben hacer. O por lo menos, esto es lo que dice Claudia Romero, una abogada que sube consejos jurídicos a sus redes sociales.
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Claudia es clara, «me ha llegado una multa pero no pienso pagarla». A pesar de que parezca que lo que hace no está bien, el argumento que da la abogada justifica su negativa a realizar este desembolso.
Según la Orden ICT/155/2020, del 7 de febrero, toda multa debe ir acompañada de dos imágenes del vehículo que ha cometido la infracción. Siempre y cuando el radar funcione sin la presencia continua de un operador. Además, una de ellas no debe ser una fotografía ampliada de la otra.
En caso de que la sanción no cumpla esto, se deberá reclamar la nulida de la denuncia y su correspondiente archivo. Esto no debe ser a través de un abogado, lo puede solicitar todo aquel que se haya visto afectado.
Este video ha generado controversia, ya que muchos usuarios no tenían constancia de que esto funcionara así. Por lo que han acabado pagando numerosas multas que no contenían dos fotos.
Por ello, Claudia es clara: «Primero revisa toda la documentación para asegurarse de que cumple todos los requisitos legales».
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