Contaminación acústica de las motos acuáticas
Tribuna ·
En playa Velilla, de Almuñécar, que antes era un remanso de paz y sosiego, se ha transformado en corto espacio de tiempo en una extensión del asfalto. Lo que antes era playa, ahora es una autovía sobre el marLos veraneantes y residentes de la playa de Velilla, en Almuñécar, uno de los rincones más acogedores de la costa granadina, asisten atónitos desde hace ... unos cinco años a un fenómeno novedoso e inquietante. Decenas de motos acuáticas de gran potencia se han adueñado de la zona, estableciendo allí su principal núcleo de concentración para usar la playa como circuito de competición. De esta forma, lo que antes era un remanso de paz y sosiego, se ha transformado en corto espacio de tiempo en una extensión del asfalto. Lo que antes era playa, ahora es una autovía sobre el mar.
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El problema que esto plantea no es tanto de seguridad física para los usuarios, que merecería otro capítulo, sino otro igual de peligroso y dañino: la contaminación acústica de toda la zona. En este caso concreto, la especial orografía de la playa de Velilla, con una montaña a escasos metros de la línea de costa, contribuye a incrementar el hiriente ruido que producen dichas embarcaciones, que utilizan un motor de combustión interna con una bomba de chorro de agua como medio principal de propulsión. El resultado de esa conjunción es un sonido estrepitoso con efecto eco y rebote, que supera con creces el límite de lo admisible, impide descansar en la playa y retumba en el interior de los edificios, aparte de afectar gravemente el ecosistema marino. Dicho estruendo, multiplicado por el ingente número de motos que navegan de forma simultánea, priva a los residentes del derecho al descanso y perturba el ánimo de los visitantes. No es una molestia pasajera o un leve rumor de fondo; es un suplicio insoportable para quienes lo sufren. Hablamos de miles de afectados, a costa del disfrute de diez o quince personas.
Este mismo diario se ha hecho eco de dicha circunstancia, y ya se publicó un artículo con fecha 14 de junio de 2020 titulado «Vecinos de Velilla denuncian que el ruido de las motos les impide descansar», poniendo de manifiesto la necesidad de la correspondiente vigilancia. Tal es la situación a la que se ha llegado, que la Asociación de Amigos del Mar Costa Tropical acaba de publicar los resultados de una consulta pública realizada entre los días 5 de marzo y 15 de abril en la que se concluye que existe un alto nivel de malestar entre la población del municipio, que hace evidente y urgente la necesidad de tomar medidas. A ello hay que añadir las numerosas llamadas que se realizan al Centro de Emergencias 112, los constantes avisos a Guardia Civil y Policía Local de Almuñécar, la presentación de escritos ante la Capitanía Marítima y las reiteradas peticiones de clemencia por parte de los vecinos y residentes que, desgraciadamente, no surten efecto alguno.
Frente a la 'larraniana' contestación de que no se puede hacer nada contra el ruido, es necesario alzarse, y contestar con firmeza que sí se puede. Se puede y se debe evitar, porque peligra la salud de las personas; y también, como no, la economía de la zona. El 78% de los comerciantes encuestados en la consulta referida reconoce que sus clientes se quejan del ruido de las motos de agua; y se trata de clientes que buscan descanso y relax, lo que conlleva el riesgo de que no vuelvan.
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La profusa normativa en materia de contaminación acústica (entre otras, Ley del Ruido de 2003, a nivel estatal; Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de 2007 y el decreto 6/2012 de Protección contra la Contaminación Acústica, a nivel autonómico) establece un marco jurídico que garantiza suficientemente la protección frente al ruido. Pero, si no se produce una actuación de oficio coordinada entre las diferentes administraciones, el derecho a la tutela judicial efectiva se diluye, pues es difícil y costoso iniciar acciones individuales cuando coexisten competencias que se superponen. Téngase en cuenta que, en el caso que nos ocupa, el foco de contaminación se produce en la zona de dominio público marítimo terrestre, pero la proyección del ruido se realiza en el casco urbano.
Frente a ello el ciudadano, hastiado por las quejas y denuncias sin éxito, cae en la desidia y dejadez, pensando que otros solucionarán el problema que él sufre; solución que, desgraciadamente, nunca llega. Es por ello que, en tanto no se establezca un marco normativo más exigente que el actual, las administraciones deberán coordinarse de forma eficaz. Tal y como establece la Ley 40/2015 de Régimen jurídico del Sector Público, la Administración General del Estado, las de las comunidades autónomas y las de las entidades locales deberán colaborar y auxiliarse para la ejecución de sus actos que hayan de realizarse o tengan efectos fuera de sus respectivos ámbitos territoriales.
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Mientras no se publique una normativa que restrinja y limite más el uso de las motos acuáticas, habrá que esperar que ese deber de colaboración entre las administraciones surta efecto. Espero que esta reflexión sirva de revulsivo; pero, desgraciadamente, existe el convencimiento generalizado de que este problema se solucionará coincidiendo con un hecho luctuoso que nadie desea, como un accidente entre naves, el abordaje a una embarcación infantil o la colisión con un submarinista o un nadador. Esperemos que esto nunca suceda.
Por último, huelga decir que las presentes reflexiones las realizo como ciudadano particular y jurista, totalmente al margen de mi pertenencia a la Carrera Fiscal, que ya cuenta con sus propios mecanismos de análisis jurídico, opinión y difusión.
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