Una persona utiliza un taladro. Ideal

El timo de un taladro de 45 euros en Granada llega al Supremo

La Sala de lo Penal del alto tribunal español ha tenido que dilucidar si el caso se investigaba en Santa Fe o en la localidad alicantina de Alcoy

Carlos Morán

Granada

Domingo, 25 de agosto 2024, 12:25

El Tribunal Supremo se asocia de forma automática a los grandes juicios, como, por ejemplo, el que sentó en el banquillo de los acusados a ... los cabecillas del proceso independentista de Cataluña. El término 'Supremo' evoca asuntos que hacen temblar los cimientos del Estado. Pero no siempre es así. La Sala de lo Penal del alto tribunal español se ha pronunciado recientemente sobre un caso en el que lo que está en juego son 45 euros.

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El origen del pleito se remonta al mes de octubre del año pasado, cuando un vecino de un municipio del cinturón metropolitano de Granada denunció ante la Guardia Civil que había pagado los mencionados 45 euros por «la compra de un taladro en la aplicación Wallapop», la popular plataforma dedicada a la compraventa de productos de segunda mano entre usuarios a través de internet.

Delitos en el ciberespacio

El problema es que el perjudicado nunca recibió la herramienta. Se había quedado sin el aparato y sin los 45 euros. Es decir, que había sido víctima de una presunta estafa. Pero, claro, al haberse sustanciado el supuesto engaño en el ciberespacio, la cosa se complicaba. Había que dilucidar si la investigación correspondía a un juzgado de localidad granadina de Santa Fe, provincia en la que reside el damnificado, o si, por el contrario, la competencia era un juzgado de la población alicantina de Alcoy, que era donde vivía el presunto delincuente. Yen ese punto es cuando ha tenido que intervenir el Tribunal Supremo. La constante expansión de este tipo de infracciones, que normalmente se cometen en un lugar pero se consuman en otro, obliga al alto tribunal a resolver casi a destajo los conflictos entre juzgados.

«Fraude sencillo»

En el 'caso del taladro', el Supremo ha dictaminado que las pesquisas se lleven a cabo en Granada. «(...) Se investiga un fraude sencillo en el que consta el partido judicial de Santa Fe como lugar donde se produjo tanto el engaño, como el desplazamiento patrimonial y el perjuicio del denunciante», razona la Sala de lo Penal en una reciente resolución.

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En este sentido, la ponente, la magistrada Susana Polo, recuerda que ese es el criterio que ha fijado el propio Supremo. «El delito se comete en todas las jurisdicciones en las que se haya realizado algún elemento del tipo, en consecuencia, el juez de cualquiera de ellas que primero haya iniciado las actuaciones procesales, será en principio competente para la instrucción de la causa. Y el juzgado de Santa Fe fue el que comenzó en primer lugar la investigación de los hechos (...) y es desde donde se produjo el desplazamiento de los 45 euros vía Bizum presuntamente defraudados».

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