Foto de archivo de un alumno que se dirige a una pista de examen en otra provincia española. Maite Bartolomé

Sufre una caída durante las prácticas de moto en Granada y pide a la autoescuela 35.000 euros

La Audiencia, que exime de culpa al profesor, absuelve al centro y a su aseguradora de tener que indemnizar a la alumna, que sufrió lesiones graves

Yenalia Huertas

Granada

Sábado, 27 de agosto 2022, 00:03

M. R. quería sacarse el carné de moto. Se apuntó a una autoescuela de Granada y comenzó las prácticas a principios de 2019. Tuvo muy ... mala suerte, pues mientras sorteaba los conos que se habían colocado sobre la calzada para que circulara en zigzag en la pista de prácticas, resbaló con uno y sufrió un accidente que le causó lesiones de gravedad: se rompió el cúbito y el radio. Como la caída se había producido en plena clase y bajo la vigilancia de un profesor del centro de educación vial, la mujer decidió demandar a la autoescuela y su compañía aseguradora. Les reclamaba 35.179 euros pero, en principio, no verá ni un céntimo.

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Su demanda aterrizó en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Granada, que acabó absolviendo al centro y al seguro por entender que el profesor estuvo en todo momento pendiente de la mujer y que no hubo falta de diligencia por su parte. Eso fue el 30 de septiembre del año pasado y el fallo ya ha sido avalado por la Audiencia de Granada.

IDEAL ha tenido acceso a la resolución del tribunal provincial, fechada el 21 de febrero de este año y que no había trascendido hasta ahora. También ha tenido acceso este diario a la demanda de la alumna, en la que su abogado alegaba que «el accidente no se hubiese producido si el profesor de la autoescuela, conocedor de la impericia de (...) y que era tan solo su segunda clase práctica, hubiese adoptado las mínimas precauciones exigibles».

El abogado de la perjudicada sostenía que se podían haber pintado marcas sobre el firme con una sustancia antideslizante y haber prescindido de los conos

Para el letrado de la afectada, se podía haber pintado en el circuito unas marcas en el firme «con una sustancia no deslizante, evitando con ello los prescindibles conos». Opinaba además que se tendrían que haber ajustado los ejercicios prácticos a la pericia de su cliente, a la que solo se le entregó un casco. Y, en este punto, añadía que se le debería haber entregado un casco «de su talla» y haberla dotado «de las protecciones adecuadas para minimizar el riesgo de posibles accidentes».

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El abogado de la perjudicada sostenía en su demanda que «no parece que realizar un ejercicio en el que hay que zigzaguear entre conos sea la decisión más acertada y recomendable para la segunda clase práctica de un alumno sin ninguna experiencia en la conducción de motocicletas».

Tras el juicio, el juzgado rechazó que hubiese culpa contractual. Amparó la actuación del profesor y absolvió tanto a la autoescuela como a la compañía aseguradora, que han estado representadas por el abogado Fernando Mir en este proceso. Y la Audiencia comparte sus conclusiones.

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Atento

«La sentencia de instancia estima que no ha quedado acreditada esa falta de diligencia en la actuación profesional del profesor de la autoescuela, dado que el mismo se encontraba presente en el momento del accidente y atento a las maniobras de la alumna que conducía la motocicleta», señala el tribunal provincial.

La Audiencia recuerda que la primera clase para obtener el permiso A2 le fue impartida a M. R. con un ciclomotor de mínima cilindrada, mientras que en la segunda usó una motocicleta de 125. Fue mientras hacía el circuito el 19 de febrero de 2019, en la última salida, en la frenada final, cuando resbaló por un cono, de «los mismos que durante toda la clase había estado pasando».

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La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, indica que no hay constancia de M. R. se tratase de una persona que tuviera especiales dificultades para hacerse con la moto, así como resalta que «contaba con los elementos de seguridad habituales para pilotar motos (el casco, material obligatorio)».

De este modo, la sala refrenda los razonamientos de la sentencia del juzgado, que tilda de «acertados», y rechaza que existiera conducta culposa alguna en el profesor de la autoescuela».

Así las cosas, el fallo rechaza falta de atención del profesor de la autoescuela, así como que hubiese un deficiente estado del circuito o de la motocicleta. Eso sí, libra a la mujer de tener que hacer frente a las costas del proceso (único extremo por el que revoca la sentencia del juzgado).

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Aquel accidente afectó a la alumna en el plano profesional también, puesto que era monitora deportiva.

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